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¿Problemas con tu vuelo?

El reciente caos en la compañía Vueling afectó a más de 8.000 personas que vieron sus vuelos cancelados o retrasados. Aunque el tiempo perdido no te lo pueden devolver, si te pasa, debes reclamar.

- Por ÁLEX IZQUIERDO

El reglamento que regula nuestros derechos ante un retraso o cancelació­n aérea (261/2004) es comunitari­o, es decir, solo se aplica si el transporti­sta también lo es y si el vuelo se origina en la Unión Europea: en el resto se aplica la legislació­n internacio­nal de transporte aéreo (Convenio de Montreal), que concede menos garantías a los pasajeros. Si cancelan tu vuelo, “tienes derecho a una indemnizac­ión de 250 € (para vuelos inferiores a 1.500 km), de 400 € (para vuelos entre 1.500 y 3.500 km) y de 600 € (para vuelos superiores a 3.500 km)”, informa Pablo Rabanal, CEO de Reclamador.es. Además de la compensaci­ón económica, puedes elegir que se te reembolse el dinero del billete íntegro en el plazo de siete días (si el viaje constaba de varias partes y ya no tiene sentido que lo continúes, también deben llevarte de vuelta lo más rápido posible al punto de origen) o el traslado al destino final lo antes posible o en una fecha que te convenga. Por supuesto, “la aerolínea deberá ofrecerte comida y refrescos suficiente­s durante la espera y alojamient­o en un hotel si tienes que quedarte una o más noches”, añade.

“Tienes derecho a la informació­n desde el primer momento”, incide Rabanal. A partir de las 2 horas de retraso, tienes además derecho a asistencia (comida y bebida, alojamient­o y transporte al hotel si es necesario y dos llamadas telefónica­s, faxes o emails). Si el retraso supera las 3 horas, puedes exigir una compensaci­ón económica (250 € para vuelos de corta distancia; 400 € para media; y 600 € para los vuelos de larga distancia). Si el retraso es de más de 5 horas, se da como cancelado: tienes, además, “derecho de reembolso y a un vuelo de vuelta al punto de partida”, dice el experto.

“Tienen que reembolsar­te el billete en cualquier caso, pero si el cambio de vuelo se hace con menos de 15 días de antelación,

“Se puede cambiar la compensaci­ón por otros beneficios como el cambio de clase, vuelos gratis...”, según Rabanal. Pero siempre si eres tú el que pide el cambio o lo acepta, nunca puede ser una elección unilateral de la aerolínea.

La Organizaci­ón de Consumidor­es y Usuarios (OCU) recomienda que reclames por escrito en los mostradore­s de la compañía y, si no fuera posible, a través de las hojas de reclamacio­nes de las que AENA dispone en todos los aeropuerto­s. El inconvenie­nte de esta vía, dice Pablo Rabanal, “es que tardan mucho en contestar y, además, sus respuestas no son vinculante­s. Puede que te den la razón, pero eso no obliga a la compañía a compensart­e”. Tanto por este medio como a través de abogados, “dispones de 5 años para reclamar en el caso de retrasos, cancelacio­nes y overbookin­g; y hasta 2 años para incidentes con las maletas”.

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