¿Problemas con tu vuelo?
El reciente caos en la compañía Vueling afectó a más de 8.000 personas que vieron sus vuelos cancelados o retrasados. Aunque el tiempo perdido no te lo pueden devolver, si te pasa, debes reclamar.
El reglamento que regula nuestros derechos ante un retraso o cancelación aérea (261/2004) es comunitario, es decir, solo se aplica si el transportista también lo es y si el vuelo se origina en la Unión Europea: en el resto se aplica la legislación internacional de transporte aéreo (Convenio de Montreal), que concede menos garantías a los pasajeros. Si cancelan tu vuelo, “tienes derecho a una indemnización de 250 € (para vuelos inferiores a 1.500 km), de 400 € (para vuelos entre 1.500 y 3.500 km) y de 600 € (para vuelos superiores a 3.500 km)”, informa Pablo Rabanal, CEO de Reclamador.es. Además de la compensación económica, puedes elegir que se te reembolse el dinero del billete íntegro en el plazo de siete días (si el viaje constaba de varias partes y ya no tiene sentido que lo continúes, también deben llevarte de vuelta lo más rápido posible al punto de origen) o el traslado al destino final lo antes posible o en una fecha que te convenga. Por supuesto, “la aerolínea deberá ofrecerte comida y refrescos suficientes durante la espera y alojamiento en un hotel si tienes que quedarte una o más noches”, añade.
“Tienes derecho a la información desde el primer momento”, incide Rabanal. A partir de las 2 horas de retraso, tienes además derecho a asistencia (comida y bebida, alojamiento y transporte al hotel si es necesario y dos llamadas telefónicas, faxes o emails). Si el retraso supera las 3 horas, puedes exigir una compensación económica (250 € para vuelos de corta distancia; 400 € para media; y 600 € para los vuelos de larga distancia). Si el retraso es de más de 5 horas, se da como cancelado: tienes, además, “derecho de reembolso y a un vuelo de vuelta al punto de partida”, dice el experto.
“Tienen que reembolsarte el billete en cualquier caso, pero si el cambio de vuelo se hace con menos de 15 días de antelación,
“Se puede cambiar la compensación por otros beneficios como el cambio de clase, vuelos gratis...”, según Rabanal. Pero siempre si eres tú el que pide el cambio o lo acepta, nunca puede ser una elección unilateral de la aerolínea.
La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) recomienda que reclames por escrito en los mostradores de la compañía y, si no fuera posible, a través de las hojas de reclamaciones de las que AENA dispone en todos los aeropuertos. El inconveniente de esta vía, dice Pablo Rabanal, “es que tardan mucho en contestar y, además, sus respuestas no son vinculantes. Puede que te den la razón, pero eso no obliga a la compañía a compensarte”. Tanto por este medio como a través de abogados, “dispones de 5 años para reclamar en el caso de retrasos, cancelaciones y overbooking; y hasta 2 años para incidentes con las maletas”.