Si me toca una rifa en especie, ¿cómo pago a Hacienda?
respuesta: en general, los premios obtenidos por la participación en juegos, rifas o combinaciones aleatorias tributan como ganancias patrimoniales en la base general del Impuesto. Esto quiere decir que se suman a los ingresos por salarios o alquileres, y se somete a un tipo impositivo según las rentas percibidas (entre un 19 % y un 23 % para tramos más bajos de renta y entre un 43,5 % y un 52 % para los más altos). No obstante, si el premio es en especie, el organizador de la rifa, habitualmente, debe realizar un ingreso a cuenta de la declaración de la Renta del premiado. Este ingreso a cuenta será del 19 % del valor de mercado de los bienes recibidos más un 20 %. Es decir, si recibes un premio en especie con un valor de mercado de 400.000 €, el ingreso a cuenta será del 19 % sobre 400.000 € más 80.000 € (20 % de 400.000), es decir, 91.200 €. En la declaración de la Renta habrá de incluirse como ganancia patrimonial por premio la cantidad de 491.200 € y deducirse los 91.200 del ingreso a cuenta. Dependiendo del resto de ingresos y de los tipos impositivos de la comunidad autónoma, la cantidad a pagar a
Hacienda variará pero en cualquier caso será una cantidad elevada que en bastantes casos superará la tercera parte del valor
de los bienes. Es decir, el premiado deberá tener dinero en efectivo o vender parte del premio para afrontar el pago, pues con el ingreso a cuenta no será suficiente. Además, hay que estudiar si los impuestos indirectos (IVA, Impuesto de Matriculación) debe pagarlos el premiado. Puede rechazarse el premio, pero antes de eso será preferible negociar con el organizador un posible canje por su valor en metálico.