Mía

Si me toca una rifa en especie, ¿cómo pago a Hacienda?

- Antonio Paredes. Experto tributario de Gestha (gestha.es).

respuesta: en general, los premios obtenidos por la participac­ión en juegos, rifas o combinacio­nes aleatorias tributan como ganancias patrimonia­les en la base general del Impuesto. Esto quiere decir que se suman a los ingresos por salarios o alquileres, y se somete a un tipo impositivo según las rentas percibidas (entre un 19 % y un 23 % para tramos más bajos de renta y entre un 43,5 % y un 52 % para los más altos). No obstante, si el premio es en especie, el organizado­r de la rifa, habitualme­nte, debe realizar un ingreso a cuenta de la declaració­n de la Renta del premiado. Este ingreso a cuenta será del 19 % del valor de mercado de los bienes recibidos más un 20 %. Es decir, si recibes un premio en especie con un valor de mercado de 400.000 €, el ingreso a cuenta será del 19 % sobre 400.000 € más 80.000 € (20 % de 400.000), es decir, 91.200 €. En la declaració­n de la Renta habrá de incluirse como ganancia patrimonia­l por premio la cantidad de 491.200 € y deducirse los 91.200 del ingreso a cuenta. Dependiend­o del resto de ingresos y de los tipos impositivo­s de la comunidad autónoma, la cantidad a pagar a

Hacienda variará pero en cualquier caso será una cantidad elevada que en bastantes casos superará la tercera parte del valor

de los bienes. Es decir, el premiado deberá tener dinero en efectivo o vender parte del premio para afrontar el pago, pues con el ingreso a cuenta no será suficiente. Además, hay que estudiar si los impuestos indirectos (IVA, Impuesto de Matriculac­ión) debe pagarlos el premiado. Puede rechazarse el premio, pero antes de eso será preferible negociar con el organizado­r un posible canje por su valor en metálico.

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