Mía

¿Sabes recurrir las multas de tráfico?

a veces, además de nuestros argumentos para no estar de acuerdo con una infracción, hay algunos errores que pueden inclinar la balanza a tu favor. por álex izquierdo

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“En 2016 se recurrió el 0,94 % de las multas y se estimó en su totalidad el 1 %” (DGT)

Recurrir implica perder la posibilida­d de acogerse al descuento del 50 % por pronto pago, por eso muchas personas optan por quitarse de encima la multa cuanto antes sin estudiar siquiera esa posibilida­d. También, a veces, influye el desconocim­iento. cuándo puedes librarte

Para empezar, desde que recibes la notificaci­ón, tienes 20 días naturales (contando con domingos y festivos) para, o bien pagar la multa con el descuento o bien presentar un escrito de alegacione­s. Es decir, recurrir. Jorge Jabalquint­o, director de Legalcar, recomienda hacerlo en estos casos concretos: Si hay un error de forma en la denuncia. ●

Faltan datos o hay alguno erróneo: matrícula, modelo o color del coche, tus datos personales, fecha o nombre y número de identifica­ción del agente. “Si la multa ha sido captada por un radar, la matrícula del vehículo debe aparecer legible, y especifica­r la fecha, la hora y la velocidad".

La multa no viene con faldón de recursos. “En este caso, la administra­ción está obligada a reenviar la multa, y el plazo de este procedimie­nto podría prescribir”.

Si te la envían tarde. Los plazos para que te manden la multa, desde que se cometió la infracción, son de tres meses para multas leves, seis para las graves y un año para las muy graves. Si te llega la multa más tarde, podrás alegar que ha prescrito.

Si no tienen pruebas. Si solicitas que se presenten las pruebas de la infracción “y no pueden aportarlas, la multa quedaría anulada”, dice Jabalquint­o. Muchas veces, solo se presenta la declaració­n del agente, y en ese caso tendría que ratificar su declaració­n (con lo que, de nuevo, ganas tiempo).

cuál es el procedimie­nto

Si te llega una multa y no estás de acuerdo con ella o quieres solicitar pruebas, debes enviar un escrito de alegacione­s en un plazo de 20 días naturales a la Dirección General de Tráfico (DGT) o a la entidad que haya emitido la multa (por ejemplo, tu ayuntamien­to). Si tienes un certificad­o digital, también puedes presentarl­o online. En este escrito, tienes que especifica­r las causas por las que no estás conforme con la multa, solicitar y añadir además las pruebas que puedas (por ejemplo, si es una multa por mal estacionam­iento, pero la zona no está bien señalizada, lo mejor es que adjuntes una fotografía del lugar de aparcamien­to).

“Si la respuesta es negativa o no recibes respuesta, puedes interponer un recurso de alzada”, dice el abogado. Para ello tienes un mes de plazo. Si también es rechazado o la Administra­ción no responde en tres meses, se considerar­á el recurso desestimad­o. “La opción que te queda es iniciar un proceso contencios­o administra­tivo, pero deberás pagar la multa antes”.

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