¿Sabes recurrir las multas de tráfico?
a veces, además de nuestros argumentos para no estar de acuerdo con una infracción, hay algunos errores que pueden inclinar la balanza a tu favor. por álex izquierdo
“En 2016 se recurrió el 0,94 % de las multas y se estimó en su totalidad el 1 %” (DGT)
Recurrir implica perder la posibilidad de acogerse al descuento del 50 % por pronto pago, por eso muchas personas optan por quitarse de encima la multa cuanto antes sin estudiar siquiera esa posibilidad. También, a veces, influye el desconocimiento. cuándo puedes librarte
Para empezar, desde que recibes la notificación, tienes 20 días naturales (contando con domingos y festivos) para, o bien pagar la multa con el descuento o bien presentar un escrito de alegaciones. Es decir, recurrir. Jorge Jabalquinto, director de Legalcar, recomienda hacerlo en estos casos concretos: Si hay un error de forma en la denuncia. ●
Faltan datos o hay alguno erróneo: matrícula, modelo o color del coche, tus datos personales, fecha o nombre y número de identificación del agente. “Si la multa ha sido captada por un radar, la matrícula del vehículo debe aparecer legible, y especificar la fecha, la hora y la velocidad".
La multa no viene con faldón de recursos. “En este caso, la administración está obligada a reenviar la multa, y el plazo de este procedimiento podría prescribir”.
Si te la envían tarde. Los plazos para que te manden la multa, desde que se cometió la infracción, son de tres meses para multas leves, seis para las graves y un año para las muy graves. Si te llega la multa más tarde, podrás alegar que ha prescrito.
Si no tienen pruebas. Si solicitas que se presenten las pruebas de la infracción “y no pueden aportarlas, la multa quedaría anulada”, dice Jabalquinto. Muchas veces, solo se presenta la declaración del agente, y en ese caso tendría que ratificar su declaración (con lo que, de nuevo, ganas tiempo).
cuál es el procedimiento
Si te llega una multa y no estás de acuerdo con ella o quieres solicitar pruebas, debes enviar un escrito de alegaciones en un plazo de 20 días naturales a la Dirección General de Tráfico (DGT) o a la entidad que haya emitido la multa (por ejemplo, tu ayuntamiento). Si tienes un certificado digital, también puedes presentarlo online. En este escrito, tienes que especificar las causas por las que no estás conforme con la multa, solicitar y añadir además las pruebas que puedas (por ejemplo, si es una multa por mal estacionamiento, pero la zona no está bien señalizada, lo mejor es que adjuntes una fotografía del lugar de aparcamiento).
“Si la respuesta es negativa o no recibes respuesta, puedes interponer un recurso de alzada”, dice el abogado. Para ello tienes un mes de plazo. Si también es rechazado o la Administración no responde en tres meses, se considerará el recurso desestimado. “La opción que te queda es iniciar un proceso contencioso administrativo, pero deberás pagar la multa antes”.