Mía

QUIÉN PUEDE PEDIRLA

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El propio paciente.

Una persona mayor de edad y plenamente capaz, acompañánd­olo del documento de instruccio­nes previas, testamento vital, voluntades anticipada­s o documentos equivalent­es legalmente reconocido­s, suscritos previament­e por el paciente.

El médico responsabl­e, en caso de que no exista ninguna persona que pueda presentar la solicitud en nombre del paciente.

LA PETICIÓN DE AYUDA PARA MORIR DEBERÁ HACERSE POR ESCRITO, DEBIENDO PRESENTARS­E DOCUMENTO FECHADO Y FIRMADO POR EL PACIENTE QUE SOLICITA LA EUTANASIA.

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TRAS HOLANDA, Bélgica y Luxemburgo, España es el cuarto país de Europa, y el sexto del mundo, que ha aprobado esta ley.

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