36 CLASIFICADOS Llamada sin costo: Línea baja 0800 11 1515 / Móvil: *515 Viernes 13 de noviembre de 2020 DISOLUCIÓN CONYUGAL DISOLUCIÓN CONYUGAL personería de los profesionales recurrentes en el carácter que invocan y por constituido su domicilio en el lugar señalado, dándoles la intervención legal correspondiente. 2. ADMITIR la convocación de acreedores solicitada por el señor MIGUEL AURELIO GONZÁLEZ CABRERA con cédula de identidad Nº 1.097.424 dejando establecido que el mismo no es comerciante. 3. CITAR a los acreedores del señor MIGUEL AURELIO GONZÁLEZ CABRERA para que en el plazo de cuarenta días presenten en Secretaría los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos haciendo saber la admisión de la presente convocación, en el diario ABC Color, de la capital, por el término de cinco días. 5. DESIGNAR al Agente Síndico de Quiebras del Primer Turno para intervenir en estos autos, así como al representante del Ministerio Público fiscal. 6. COMUNICAR al Registro General de Quiebras, oficiándose al efecto a la Dirección General de los Registros Públicos. 7. DISPONER la suspensión de todos los juicios ejecutivos promovidos contra el convocatario, con excepción de aquellos que tuviesen por objeto el cobro de créditos con garantía real o que correspondan a trabajadores como consecuencia del contrato de trabajo, librándose oficios a los Juzgados de igual clase del Décimo y Duodécimo turnos de la ciudad de Asunción. 8.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el artículo 179 de la Ley de Quiebras. 9. AGREGAR los documentos presentados y disponer el desglose y devolución de los originales, previa autenticación por el actuario de las fotocopias de los mismos, bajo constancia en autos. 10.- ANOTAR, registrar, notificar y remitir copia a la Excma. Corte Suprema de Justicia. Firmado: Abg. FERNANDO J. QUEVEDO SUÁREZ, juez. Ante mí: Félix I. Villalba Cantero, actuario judicial. CONCEPCIÓN, 6 de noviembre de 2020. dispuesto en el art. 55 de la ley 1/92 modificado del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la Secretaría a mi cargo. Lambaré, 27 de octubre de 2020. Abg. Carlos E. Melzer, actuario judicial. a mi cargo. Paraguarí, 30 de octubre de 2020. Abg. Denise Galeano, actuaria judicial. El juez de 1ª Instancia en lo Civil y Comercial 2º Turno, Dr. Joel Melgarejo, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley de Quiebras. X.ANOTAR, registrar, y remitir copia a la oficina de Estadísticas del Palacio de Justicia. Firmado: Abg. NANCY E. ARÉVALOS O. (jueza). Ante mí: SONIA MAIRHOFER (actuaria judicial). Encarnación, 6 de noviembre de 2020. La jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del 2º turno, Secr. Nº 3, Dra. Norma Ortega, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos 1.096.769 DISOLUCIÓN CONYUGAL La jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del décimo turno de la Capital, Abog. Rocío González Morel, secretaría Nº 19, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos BLANCA LILA MARECO ESPÍNOLA C/ FRANCISCO RUBÉN DÍAZ 1.092.083 DISOLUCIÓN CONYUGAL La jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del vigésimo quinto turno, Secr. Nº 49, Abog. Liz Carina Caballero Montiel, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos JUAN CARLOS BÁEZ BENÍTEZ C /SONIA ELIZABETH SERVÍN BÁEZ , para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. Capiatá, 22 de octubre de 2020. Abg. Analía Balbuena T., actuaria judicial. , para que en término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92 modificado del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. 21 de octubre de 2020. Carlos Ortega, actuario judicial. 1.100.102 CONVOCATORIA DE ACREEDORES El juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del segundo turno de San Lorenzo, en los autos caratulados JOEL DAVID CABAÑAS AGUILAR Y SCEINI ESGAIB ORTEGA , para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la Secretaría a mi cargo. Rebeca Espínola Rezano, actuaria judicial. Asunción, 27 de octubre de 2020. La publicación se hace bajo exclusiva responsabilidad, cuenta y riesgo del anunciante, quien remitió el edicto judicial en formato digital con el respectivo código de verificación QR. EDUARDO SCHUSSMULLER QUIROGA S/CONVOCATORIA DE ACREEDORES, MARÍA GABRIELA FRIEDMANN GONZÁLEZ Y HUGO ENRIQUE RAMÍREZ IBARRA Expte. Nº 236, año 2020, A.I. Nº 512 de fecha 22 de octubre de 2020, ha resuelto: Admitir la convocatoria de acreedores de Eduardo Schussmuller Quiroga, CI Nº 1.483.296. Designar al Abog. Luis Camp, en el carácter de agente síndico interviniente. Dejar establecido que el convocatario Eduardo Schussmuller Quiroga, CI Nº 1.483.296 no es comerciante. Citar a los acreedores del convocatario para que en el plazo de treinta (30) días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos, o a falta de ellos, una manifestación firmada con expresión del monto exacto del crédito, su origen o causa y el privilegio que pretendiesen tener. Dar intervención al Ministerio Público. Ordenar la publicación de los correspondientes edictos en el diario ABC Color de esta Capital, haciendo saber la admisión de esta convocatoria, por el término de (5) días. Ordenar la suspensión de todas las acciones ejecutivas promovidas en contra del convocatario, Eduardo Schussmuller Quiroga, CI 1.483.296, con excepción de aquellas que tuvieran por el cobro de créditos con garantía real o los que correspondan a los trabajadores como consecuencia de contratos de carácter laboral. Comunicar a los Juzgados de Igual Clase y jurisdicción en lo Civil y Comercial, así como a los de Justicia Letrada la admisión de la presente convocatoria, para lo que hubiere lugar en derecho. Anotar, registrar y remitir copia a la excelentísima Corte Suprema de Justicia. Fdo., Abog. Milner Borja, juez. Ante mí, Raúl Jara Foth, actuario judicial. San Lorenzo, 22 de octubre de 2020. La publicación se hace bajo exclusiva responsabilidad, cuenta y riesgo del anunciante, quien remitió el edicto judicial en formato digital con el respectivo código de verificación QR. , para que en el término de 30 días contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 55 de la ley 1/92 modificado del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la Secretaría a mí cargo. Asunción, 26/10/20. Patricia Andrea Durañona López, actuaria judicial. La publicación se hace bajo exclusiva responsabilidad, cuenta y riesgo del anunciante, quien remitió el edicto judicial en formato digital con el respectivo código de verificación QR. 1.095.393 DISOLUCIÓN CONYUGAL El juez en lo Civil y Comercial del 2º Turno, Sría. 3, Dr. Mílner Borja, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos 1.096.532 DISOLUCIÓN CONYUGAL La jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del primer turno de la Cordillera, Dra. Verónica Almirón de Alfonso, cita y emplaza por treinta días a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos GLORIA CONCEPCIÓN ZORRILLA GARCÍA C/MILCIADES SOTO , para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la Secretaría a mi cargo. San Lorenzo, 29 de octubre de 2020. Abg. Willian Javier Torres, actuario judicial. ANA GLORIA CANTERO ESTIGARRIBIA Y RICARDO ENRIQUE SALDÍVAR FLEYTAS 1.097.214 DISOLUCIÓN CONYUGAL La jueza de Primera Instancia en lo Civil, Laboral y Comercial del 3º turno, Dra. Gizela Palumbo, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conformada por los esposos , para que en el perentorio término de treinta días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento del art. 55 de la ley 1/92. El juicio de referencia radica en la secretaría Nº 2 a mi cargo. Abg. Sandra Elizabeth Busam Román, actuario judicial. Caacupé, 26 de octubre de 2020. La publicación se hace bajo exclusiva responsabilidad, cuenta y riesgo del anunciante, quien remitió el edicto judicial en formato digital con el respectivo código de verificación QR. 1.096.481 DISOLUCIÓN CONYUGAL El juez de J. Augusto Saldívar, Dr. Roberto Saldívar Martínez, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos HILDA MORÍNIGO MEDINA DE SOSA Y PEDRO PABLO SOSA , para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 55 de la ley 1/92 modificado del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la Secretaría a mi cargo. Presidente Hayes, 30 de octubre de 2020. Abg. Mónica M. Paredes M., actuaria judicial. 1.096.055 DISOLUCIÓN CONYUGAL La jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno, Abg. Patricia Samaniego O., cita y emplaza por treinta días a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por ROBERTA VENIALGO ZOTELO C/ RAMÓN FIGUEREDO DELVALLE , para que en término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la Secretaría a mi cargo. 22 de octubre de 2020. Abg. Graciela Dávalos Lezcano, actuaria judicial. ALICIA RAQUEL VELÁZQUEZ JARA Y JOSÉ GABRIEL RIVAS CORONEL 1.096.535 DISOLUCIÓN CONYUGAL El juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del primer turno, Abg. Gustavo R. Chilavert V., cita y emplaza por treinta días a los acreedores y quienes tengan interés en el juicio caratulado , para que en el perentorio término de treinta días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento del Art. 55 de la Ley 1/92. El juicio de referencia radica en la secretaría Nº 1 a mi cargo. Abg. Laura Cáceres Fleitas, actuaria judicial. Luque, 27 de octubre de 2020. La publicación se hace bajo exclusiva responsabilidad, cuenta y riesgo del anunciante, quien remitió el edicto judicial en formato digital con el respectivo código de verificación QR. 1.097.215 DISOLUCIÓN CONYUGAL El juez de 1ª Instancia en lo Civil y Comercial del 2º Turno, Abg. Mílner Borja Denis, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos 1.096.555 GREGORIO ESPÍNOLA SAUCEDO Y RAMONA CONCEPCIÓN GALEANO DÍAZ DISOLUCIÓN CONYUGAL El juez de J. Augusto Saldívar, Dr. Roberto Saldívar Martínez, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos , bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 55 de la ley 1/92 modificado del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la Secretaría Nº 1 a mi cargo. Abg. Silvia E. Sosa Colmán, actuaria judicial. San Lorenzo, 29 de octubre de 2020. ANA MARÍA ESCOBAR ARÉVALO C/ JOAQUÍN FARIÑA ENCISO 1.099.674 CONVOCATORIA DE ACREEDORES La S.S. Graciela H. Scala de Giménez hace saber que en los Autos , para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1 /92 modificado del Código Civil Paraguayo. El juicio radica en la Secretaría a mi cargo. San Lorenzo, 2 de noviembre de 2020. Abg. Willian Javier Torres, actuario judicial. BLAS RAMÓN FLORES CARDOZO S /CONVOCATORIA DE ACREEDORES IDALIA AURORA BAREIRO COLMÁN C/ FRANCISCO MANUEL MARTÍNEZ OVIEDO para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. 2 de noviembre de 2020. Abog. Graciela Dávalos Lezcano, actuaria judicial. se ha dictado el A.I. Nº 634/20/03, de fecha 6/11/2020, que en su parte resolutiva dice: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de Blas Ramón Flores Cardozo. 2.- DESIGNAR síndico al Abg. Bernardino Caballero Goiburú. 3.- CITAR a los acreedores de Blas Ramón Flores Cardozo para que en el plazo de 40 días, a contar del día siguIente al de la última publicación de los edictos respectivos, presenten en la secretaría de este Juzgado los títulos justificativos de sus créditoS, o a falta de ellos, la manifestación firmada con expresión del monto exacto del crédito, su origen y causa y el privilegio que pretenden tener. 4.- DEJAR determinado que el convocatario es comerciante. 5.- COMUNICAR al Registro General de Quiebras la admisión de la presente convocatoria de acreedores. 6.- ORDENAR la publicación de los edictos de citación y emplazamiento en el diario ABC Color de la Capital, por el término de 5 días, haciendo saber la admisión de esta convocatoria de acreedores, debiendo la parte accionante dar cumplimiento en el plazo de tres días de notificado el presente auto, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 19 de la Ley de Quiebras. 7.ORDENAR la suspensión de las acciones ejecutivas en contra del patrimonio del deudor. 8.- DAR intervención al Ministerio Público. 9.ORDENAR la modificación de la carátula. 10.- ANOTAR, registrar, sacar copias y remitir un ejemplar a la Oficina de Estadísticas del Poder Judicial. Firmado: Mag. Abg. Graciela H. Scala de Giménez - Jueza 1ª Inst. Civil, Comercial III Circunscripción Itapúa. Ante mí: Gilda Alicia Rojas Vigo, actuaria judicial. 1.096.547 1.096.537 DISOLUCIÓN CONYUGAL El juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Segundo Turno, Abg. Mílner Borja Denis, cita y emplaza por treinta días a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formado por los esposos DISOLUCIÓN CONYUGAL El juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del vigésimo tercer turno de la Capital, Secretaría Nº 46, Juan Andrés Martínez, cita y emplaza por 15 (quince) veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos 1.098.870 Disolución Conyugal 1.074.098 DISOLUCIÓN CONYUGAL La jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno de la Cordillera, Dra. Verónica Almirón de Alfonso, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos NILDA CLEMENTINA MAIDANA DE ALVARENGA Y CÉSAR CÁNDIDO ALVARENGA MELGAREJO 1.096.559 DISOLUCIÓN CONYUGAL La jueza de Primera Instancia en lo Civil del 5º turno, Abg. Celia Jacobs Gallas, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos ELSIE BEATRIZ STALLARD DE FERREIRA Y EMILIO DANIEL FERREIRA VALLOVERA DISOLUCIÓN CONYUGAL El juez de 1ª Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del 1º turno, Dr. Roberto Saldívar Martínez, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos , bajo apercibimiento del Art. 55 de la Ley Nº 1/92. El juicio radica en la Secretaría Nº 4 a mi cargo. Abg. Raúl Jara Foth, actuario judicial. San Lorenzo, 15 de octubre de 2020. La publicación se hace bajo exclusiva responsabilidad, cuenta y riesgo del anunciante, quien remitió el edicto judicial en formato digital con el respectivo código de verificación QR. , para que en el plazo de 30 (treinta) días contados desde la publicación del presente edicto, comparezca a promover acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 55 de la ley 1/92 de forma parcial del Código Civil Paraguayo. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. Adriana Patricia Ferreira Romero, actuaria judicial. La publicación se hace bajo exclusiva responsabilidad, cuenta y riesgo del anunciante, quien remitió el edicto judicial en formato digital con el respectivo código de verificación QR. NIDIA RAQUEL BÁEZ Y JOSÉ BENJAMÍN ÁVALOS CABRERA LETICIA GABRIELA MOLAS BÁEZ Y JOSÉ SIMÓN SCHAPOVALOFF ACUÑA , para que en el perentorio término de treinta (30) días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92. El juicio radica en la Secretaría Nº 2 a cargo de la actuaria Abg. Sandra Elizabeth Busam Román. Caacupé, 3 de noviembre de 2020. La publicación se hace bajo exclusiva responsabilidad, cuenta y riesgo del anunciante, quien remitió el edicto judicial en formato digital con el respectivo código de verificación QR. BLANCA GRACIELA SEGOVIA MORA C/ LUIS JAVIER CENTURIÓN PEREIRA , para que en término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 55 de la ley 1/92 modificado del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la Secretaría a mi cargo. Encarnación, 29 de octubre de 2020. Abog. Jorge A. Madrazo, actuario judicial interino. , para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. J. A. Saldívar, 22 de octubre de 2020. Abg. Armando J. Villalba B., actuario judicial. 1.096.552 DISOLUCIÓN CONYUGAL El juez de Primera Instancia del vigésimo primer turno, Dr. José Miguel Villalba Báez, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos 1.096.706 DISOLUCIÓN CONYUGAL La jueza de 1ª Instancia en lo Civil y Comercial del 1er. Turno, Abg. Patricia Samaniego O., cita y emplaza a todos los interesados en la comunidad conyugal formada por NANCY ESTELA DURÉ CÁCERES Y RODOLFO VUYK URBIETA 1.091.562 1.096.560 DISOLUCIÓN CONYUGAL El juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del vigésimo tercer turno, secretaría 45, Dr. Juan Andrés Martínez Zárate, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conformada por los esposos , para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 55 de la ley 1/92 modificado del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la Secretaría a mi cargo. 15 de octubre de 2020. Abg. Mary Fretes de Acevedo, actuaria judicial. DISOLUCIÓN CONYUGAL El juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del segundo turno, Abg. Mílner Borja Denis, cita y emplaza por treinta días a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos 1.074.099 DISOLUCIÓN CONYUGAL La jueza de Primera Instancia en lo Civil del 4º Turno, Abg. Nilda C. Benítez, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos ANDRÉS EDUARDO NÚÑEZ AYALA Y KAREN GISSELLA PANIAGUA BENÍTEZ , para que se presenten a ejercer sus derechos dentro del plazo de 30 días, bajo apercibimiento del Art. 55 de la Ley Nº 1/92. El juicio radica ante la Secretaría Nº 2 a mi cargo. Abg. María José Miranda, actuaria judicial. Luque, 30 de octubre de 2020. La publicación se hace bajo exclusiva responsabilidad, cuenta y riesgo del anunciante, quien remitió el edicto judicial en formato digital con el respectivo código de verificación QR. GLADYS JESÚS ORTIZ GRANADA Y ANÍBAL RAMÓN CANDADO ALONSO ÉVER SAMUEL AQUINO AYALA Y ROSA ASUNCIÓN CORONEL VELÁZQUEZ BEATRIZ ERBERICH DE CZERANIUK Y PEDRO CZERANIUK NETEPCZUK , para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 55 de la ley 1/92 modificado del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la Secretaría a mi cargo. Asunción, 28 de octubre de 2020. La publicación se hace bajo exclusiva responsabilidad, cuenta y riesgo del anunciante, quien remitió el edicto judicial en formato digital con el respectivo código de verificación QR. , bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 212 del CCP. El juicio de referencia radica en la secretaría Nº 4 a cargo del Abg. Raúl Jara Foth, actuario judicial. San Lorenzo, 2 de noviembre de 2020. La publicación se hace bajo exclusiva responsabilidad, cuenta y riesgo del anunciante, quien remitió el edicto judicial en formato digital con el respectivo código de verificación QR. , para que en término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la Secretaría a mi cargo. Encarnación, 3 de noviembre de 2020. Abg. Rosalba M. Acosta Stéfani, actuaria judicial. 1.096.809 DISOLUCIÓN CONYUGAL La jueza de Primera Instancia en lo Civil del 1º turno, Abg Nancy Arévalos, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos 1.091.594 CONVOCATORIA DE ACREEDORES La jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno de la Tercera Circunscripción Judicial, Secretaría Nº 02 en los autos: 1.076.742 JOSÉ RICARDO MARTÍNEZ DÍAZ Y FRANCISCA YAHARI TALAVERA DISOLUCIÓN CONYUGAL La Jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral, Abg. Liz Miranda Castelví Valdez; cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos JORGE LUIS BRIOZZO S/CONVOCATORIA DE ACREEDORES 1.091.574 , para que en término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la Secretaría a mi cargo. Encarnación, 17 de julio de 2020. Abg. Sonia Mairhofer, actuaria judicial. 1.096.562 DISOLUCIÓN CONYUGAL El Dr. Manuel Geraldo Saifildin Stanley, juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Primer Turno de la Circunscripción Judicial del Departamento Central, con sede en la ciudad de Kapiata, por ante mí el actuario judicial interviniente, Abg. José A. Delgado D., en los autos caratulados: , EXPTE Nº 108, AÑO 2020, ha dictado el A.I. Nº 665 /2020/06, de fecha 23 de octubre de 2020, que resuelve: I.- ADMITIR la convocación de acreedores de JORGE LUIS BRIOZZO, con C.I. Nº 4.411.211. II.- DETERMINAR la calidad de no comerciantes de JORGE LUIS BRIOZZO. III.- SEÑALAR el plazo de 40 días a fin de que los acreedores presenten en la secretaría del Juzgado los títulos justificativos de sus créditos o a falta de ellos la manifestación firmada con expresión del monto exacto del crédito, su origen o causa y el privilegió que pretendieren tener. IV.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario ABC COLOR, de esta capital, por el término de 5 días. V.- ORDENAR la suspensión de las acciones ejecutivas iniciadas contra el patrimonio del convocatario conforme dispone el Art. 26 de la Ley 154/69, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial. VI.- DESIGNAR síndico al señor BERNARDINO CABALLERO GOIBURÚ. VII.- DAR intervención al Ministerio Público. VIII.- LIBRAR oficio al Registro General de Quiebras a fin de comunicar la admisión de la presente convocación de acreedores. IX.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en DISOLUCIÓN CONYUGAL La jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del décimo tercer turno de la capital, Abog. Luz Marlene Ruiz Díaz, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos 1.096.381 DISOLUCIÓN CONYUGAL El juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del séptimo turno, Dr. Edgar Rivas, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos MIRNA ELIODORA VILLAR PAIVA Y DERLYS JOSE RIOS MENDEZ , para que en término de 30 días, contados desde la publicación del presente Edicto; comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El Juicio radica en la Secretaría a mi cargo. Hohenau, 29 de octubre de 2020 Abg. Graciela Nohemí Servín, actuaria judicial. NATALIA VIRGINIA RAMÍREZ RAMÍREZ Y CARLOS RUBÉN SÁNCHEZ DÍAZ DIEGO VIDAL DUARTE VILLALBA Y MIRIAN TERESA NOGUERA FLORENTÍN S/ DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL 1.091.566 LIZ PATRICIA GARCÍA DE COMESAÑA Y CRISTIAN EDUARDO COMESAÑA ORTIZ DISOLUCIÓN CONYUGAL El juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del segundo turno, Secr. 4, Dr. Carlos César González Ríos, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos para que en el término de 30 días contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 212 del Código Civil Paraguayo. El juicio radica en la secretaría a mi cargo, Abog. Roque Luis Maldonado. Asunción, 29 de octubre de 2020. La publicación se hace bajo exclusiva responsabilidad, cuenta y riesgo del anunciante, quien remitió el edicto judicial en formato digital con el respectivo código de verificación QR. para que en el término de 30 días contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 212 del Código Civil Paraguayo. El juicio radica en la Secretaría a mí cargo. Asunción, 29 de octubre de 2020. Abg. Ninfa Patiño, actuaria judicial. , Año 2020, Nº 362, folio Nº 39 vto., Secretaría Nº 1, ha resuelto por A.I. Nº 645 de fecha 20 de octubre del 2020, citar por quince días, para que en el plazo de treinta días comparezcan todos los que tienen créditos o derechos que reclamar contra la citada comunidad conyugal, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 614 del C.P.C. Kapiata, 3 de noviembre de 2020. Abg. José Alberto Delgado D., actuario judicial. 1.091.565 LARISSA LETICIA GABRIELA ROJAS RODI Y SERGIO JOSÉ MARÍA GRIPPO BEDOYA DISOLUCIÓN CONYUGAL La jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno de la Cordillera, Dra. Verónica Almirón de Alfonso, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos , para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. Caacupé, 16 de octubre de 2020. Abg. Fabiola Torales Torres, actuaria judicial. 1.096.438 DISOLUCIÓN CONYUGAL La jueza de Primera Instancia del 3º turno, Dra. Abg. Gizela Palumbo Arámbulo, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos 1.096.758 1.092.089 CARLOS EUGENIO SAUER AYALA Y LUZ REBECA OCAMPOS LEZME DISOLUCIÓN CONYUGAL DISOLUCIÓN CONYUGAL La jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno de la Cordillera, Dra. Verónica Almirón de Alfonso, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos El juez de 1ª Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de Paraguarí, Dra. Sady Carolina Barreto Torres, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos , para que en el perentorio término de treinta (30) días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 dela Ley 1/92. El juicio radica en la secretaría Nº 2 a cargo de la actuaria Abg. Sandra Elizabeth Busam Román. Caacupé, 16 de octubre de 2020. La publicación se hace bajo exclusiva responsabilidad, cuenta y riesgo del anunciante, quien remitió el edicto judicial en formato digital con el respectivo código de verificación QR. VIDAL JAVIER SILVA RIEGO C/ IGNACIA ANTONIA ARZAMENDIA PERALTA 1.092.752 DISOLUCIÓN CONYUGAL El juez de Lambaré de 1ª Instancia, Dr. Guillermo M. Delmás Aguiar, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos para que en el término de 30 días contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 55 de la Ley 1/92 modificado del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la Secretaría a mí cargo. Villa Hayes, 27 de octubre de 2020. Abg. Mónica M. Paredes M., actuaria judicial. HUGO FLOR LÓPEZ GRACIELA REDES ESQUIVEL Y ALBERTO RAMÓN AQUINO FLEITAS Y LEIDY BEATRIZ CASTRO PERALTA para que en término de 30 días contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 55 de la ley 1/92 modificado del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la Secretaría SABINO MELIDA GALEANO Y PABLINA CABRERA GAYOSO , para que en el perentorio término de treinta (30) días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92. , para que en término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo 1 100 102 1 096 451 1 092 747 1 092 083 1 096 769 1 092 753