38 CLASIFICADOS Llamada sin costo: Línea baja 0800 11 1515 / Móvil: *515 Martes 3 de noviembre de 2020 DIGITALES S.A. contracostado al Noroeste linda con la propiedad de Areco. Superficie: una hectárea, cuatro mil trescientos setenta y cinco metros cuadrados (1 ha., 4.375 m2). La comisión fue conferida por el juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de J. Augusto Saldívar, Abg. Roberto Saldívar Martínez, bajo la secretaría Nº 1 a cargo del Abg. Armando J. Villalba B., actuario judicial, en el expediente caratulado metros, por igual dimensión en su contrafrente al Sur, donde linda con el lote 7; su fondo en ambos costados mide cuarenta metros, lindando al Este con el lote Nº 13, y al Oeste con el lote Nº 11, deslindado precedentemente. Superficie: 600 m2. Avaluación fiscal: G. 30.952.290 (treinta millones novecientos cincuenta y dos mil doscientos noventa guaraníes). Lote Nº 10: su frente al Norte sobre la avenida del Lago mide quince metros; por igual dimensión en su contrafrente al Sur, donde linda con el lote 9; su fondo en ambos costados mide cuarenta metros, lindando al Este con el lote Nº 11, y al Oeste con la calle V. Superficie: 600 m2. Avaluación fiscal: G. 10.042.200 (diez millones cuarenta y dos mil doscientos guaraníes). Los tres lotes forman un solo cuerpo, y la base de venta es la sumatoria de las tres avaluaciones fiscales que totalizan G. 87.203.255 (ochenta y siete millones doscientos tres mil doscientos cincuenta y cinco guaraníes). El comprador abonará en el acto y en efectivo 10% de seña, gastos de publicaciones, 2% comisión del martillero, viático de Secretaría. Observación: Las 2 fincas y sus respectivos lotes reconocen como gravamen una hipoteca a favor de la Cooperativa 8 de Marzo Ltda. y como restricción de dominio: la Finca Nº 1.520 posee los siguientes Embargos Ejecutivos: 1) a petición de Hong Gill Hwang, Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del 8º turno; 2) a petición de IPS, Juzgado de 1ª Instancia en lo Civil y Comercial del 11º turno; 3) a petición de Celso Duré Ramírez, Juzgado de Primera Instancia en lo Laboral del 1º turno; 4) a petición de Yhaguy Repuestos, Juzgado de 1ª Instancia en lo Civil y Comercial de San Lorenzo; 5) a petición de Pedro Rolón Sosa, Juzgado en lo Civil, Comercial y Laboral del 1º turno; 6) ampliación de embargo a petición de Yhaguy Repuestos, Juzgado de 1ª Instancia en lo Civil y Comercial del 1º turno de San Lorenzo; 7) a petición de Cooperativa 8 de Marzo, Juzgado de 1ª Instancia en lo Civil y Comercial del 2º turno de Lambaré; 8) a petición de FIC S.A. de Finanzas, Juzgado de 1ª Instancia en lo Civil y Comercial del 9º turno. La Finca Nº 1.525 posee los siguientes Embargos Ejecutivos: 1) a petición de Hong Will Hwang, Juzgado de 1ª Instancia en lo Civil y Comercial del 8º turno; 2) a petición de IPS, Juzgado en lo Civil y Comercial del 11º turno; 3) a petición de Celso Duré Ramírez, Juzgado de 1ª Instancia en lo Laboral del 1º turno; 4) a petición de Yhaguy Repuestos, Juzgado en lo Civil, Comercial y Laboral de San Lorenzo; 5) a petición de Pedro Rolón Sosa, Juzgado de 1ª Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del 1º. turno; 6) ampliación de embargo a petición de Yhaguy Repuestos, Juzgado en lo Civil y Comercial del 1º turno de San Lorenzo; 7) a petición de Cooperativa 8 de Marzo Ltda., Juzgado de 1ª Instancia en lo Civil y Comercial del 2º turno de Lambaré; 8) FIC S.A. de Finanzas, Juzgado de 1ª Instancia en lo Civil y Comercial del 9º turno. En el expediente no consta el estado de ocupación del inmueble. Más datos en el expediente que radica en la Secretaría del Juzgado o al 0971 239-088. VºBº abogada Rebeca Espínola Rezano, actuaria judicial. Abogado Pablo Enrique Segovia, rematador público, Matrícula Nº 35 de la Corte Suprema de Justicia. por cambio de acciones al portador a Nominativas. Inscripta en Registro de Personas Jurídicas y Asociaciones, bajo el Nº 1, folio 1, serie C, y en Registro Público de Comercio bajo el Nº 1, folio 1, el 14 /02/2020. eficacia, de acuerdo a lo resuelto en la Asamblea General Extraordinaria de accionistas del Banco Itapúa; recibirán acciones del nuevo banco (Banco Río S.A.E.C.A.). Que por proveído del 10 de abril de 2019 se tuvo por presentadas las manifestaciones y ampliación hecha por el Abog. Enrique Zacarías en representación del Banco Itapúa S.A.E.C.A. Que en fecha 11 de abril se presenta el actor a solicitar se dicte sentencia definitiva en autos. Que en consecuencia el juzgado llamó autos para resolver, el cual a la fecha se encuentra firme y ejecutoriada, y considerando que la presente acción tiene por objeto la privación de eficacia jurídica de las acciones detalladas up supra, que ha sido objeto de hurto. Que se encuentra adjuntada en autos el Acta de Denuncia Nº 77/16 realizada ante la comisaría 5ª de Villarrica. Acreditándose lo alegado por el actor sobre el hecho punible de hurto de los documentos de acciones del Banco Itapúa S.A.E.C.A. Que obra en autos el certificado del Banco Itapúa S.A.E.C.A., donde certifica que el actor es accionista del banco y posee a la fecha descripta en el certificado emitido la cantidad de 841 acciones nominativas que totalizan la suma de G. 42.050.000 (guaraníes cuarenta y dos millones cincuenta mil), certificado de fecha 26 de setiembre de 2018. Que el Código Civil, en su art. 1545, dispone que en caso de extravío, sustracción o destrucción del título, el titular o el endosatario del mismo puede hacer la denuncia al emisor y pedir la privación de su eficacia respecto a todos, como está dispuesto al tratarse de títulos a la orden. En caso de extravío, sustracción o destrucción de acciones nominativas, se aplicarán en lo pertinente las normas que rigen para los títulos a la orden. El recurrente puede ejercer los derechos inherentes a las acciones, salvo, en su caso, la prestación de una caución. La privación de eficacia del título produce la extinción del título, pero no perjudica a los derechos del detentador respecto de quien ha obtenido el nuevo título. Que en estas condiciones, habiéndose justificado plenamente los extremos alegados en la demanda, corresponde hacer lugar a lo solicitado, disponiendo la publicación de la resolución del documento hurtado. Por tanto, en mérito a lo expuesto y de conformidad a las disposiciones legales citadas y concordantes del Codigo Civil, el Juzgado resuelve: I) Hacer lugar a la presente demanda de privación de eficacia jurídica promovida por José María Agüero Lugo y en consecuencia privar de eficacia las acciones descriptas en la presente resolución, emitido por el Banco Itapúa S.A.E.C.A. II) Ordenar al Banco Río S.A.E.C.A. el canje y la confección de acciones de igual clase que correspondían al señor José María Agüero Lugo. III) Disponer la publicación de esta resolución por el plazo de cinco (5) días en el diario ABC Color de esta capital. IV) Anotar, registrar y remitir copia a la Excma. Corte Suprema de Justicia. Fdo., Enrique Luis María Mongelós Aquino, juez. Ante mí, Carmen Franco Riveros, actuaria judicial. 4-1: con rumbo S. 79º 04' 27'' E-mide 332,76 m., y linda con Lote Nº 1A.SUPERFICIE: VEINTE HECTÁREAS CON VEINTE Y CUATRO METROS CUADRADOS (20 ha. 24 m2); Y 2-) FINCA Nº 1152 DEL DISTRITO DE ITAKYRY, departamento de Alto Paraná (50%), que le corresponde al demandado, anotado bajo el Nº 5 al folio 23 y sgtes. de fecha 31/08/05 a nombre de los Sres. VALDIR SOTI NOGUEIRA y EDSON FIALHO NOGUEIRA, con Padrón Nº 1414, situado en el lugar denominado Colonia AGUAPE, designado como fracción Nº 1 de la ZONA ''A'', cuyas dimensiones y linderos son los sgtes: LADO C21-C18: con rumbo magnético S. 40º 15' 07'' E. mide 430,00 m., y linda con una calle de 8,00 m., que lo separa de las Fracciones Nº 14, 15, 16 y 16B de la Zona ''B''; Lado C18-M18: con rumbo magnético S- 49º 25' 37'' W., mide en dos segmentos: 88,00 m., y 944,22 m., separados por una calle de 16,00 m., y linda con la Fracción 2-D de la misma manzana; Lado M18-M12: con rumbo magnético S. 38º 45' 46'' E., mide 750,00 m., y linda con las Fracciones 2-D, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9 de la misma Zona A; LADO M12-D: con rumbo magnético S. 51º 14' 14'' W., mide 350,00 m., y linda con la Fracción 22 de la misma Zona; LADO D-P2: con rumbo magnético N. 38º 45' 46'' W., mide 1.180,00 m., y linda con derechos de la Industria Paraguaya SA (L.I.P.S.A.), según tÍtulo del propietario; LADO P2-M19: con rumbo magnético N. 51º 14' 16'' E., mide 350,00 m., y linda con la Fracción 20, 21 de la Zona B, LODA M19-C21: con rumbo magnético N. 49º 24' 56'' E., mide en dos segmentos: 933,04 m., 88,00 m., separados por una calle de 16:00 m., y linda con la fracción 18 de la Zona B. Obs: La superficie de la calle se encuentra dentro de la superficie total de terreno que es de 6.880 m2 y de 1.720 m2. SUPERFICIE TOTAL: OCHENTA Y SEIS HECTÁREAS CON DOS MIL NOVECIENTOS VEINTE Y SIETE METROS CUADRADOS CON NUEVE MIL DOSCIENTOS DIEZ CENTÍMETROS CUADRADOS (86 ha. 2.927 m2 9.210 cm2). BASE DE VENTA EN FORMA CONJUNTA DE AMBOS INMUEBLES ES DE: US$ 345.827,00 (DÓLARES AMERICANOS TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS VEINTE Y SIETE), de conformidad a lo dispuesto en al Art. 94 de la Ley 861/96 Gral. de Bancos, Financieras y otras Entidades de Créditos. Nota: Los mencionados inmuebles reconocen como gravamen dos hipotecas a favor del Banco Continental SA de fechas 10/07/06 y 14/07/11 respectivamente, y como restricción de dominio reconoce los sgtes. embargos: MATRÍCULA K15 /101 DE SAN ALBERTO: a petición de Banco Continental SAECA, de fechas 06/11/18 y 18/12/18 respectivamente; y FINCA Nº 1152 DE ITAKYRY; a petición de: AGRÍCOLA DIMAGRO SA, AGROFORT INSUMOS SA INDUSTRIAL Y COMERCIAL, FIRMA PLANAGRO SA, JORGE ARTEMIO DUARTE BARRETO, SILOS CABEZA BLANCA SA, y BANCO CONTINENTAL SAECA, respectivamente. El presente aviso es con citación a los citados acreedores embargantes. Se abonarán en el acto y en efectivo los gastos de publicaciones, acordada Nº 516, 521/08, seña del 10% de su compra, y la comisión del rematador 2% más IVA, sobre su adjudicación. Informes y datos sobre los títulos de propiedad, en la Secretaría donde radica el expediente de lunes a viernes de 7:00 a 13:00 hs., o con el rematador designado al celular Nº 0971-375-171 y 0981-525-509. Los citados inmuebles se encuentran ocupados, lo cual no consta en autos. VºBº Abg. Rossana Frutos, actuaria judicial. Abg. Julián González Armoa, rematador público, con Matrícula Nº 44 de la Excma. C.S.J. 9648150 correspondientes a la cuenta corriente Nº 700821424 en Guaraníes, cargo Banco Itaú, a nombre del accionante, y los cheques Nº 9162772, 9162773, 9162774 y 9162775, de la cuenta corriente Nº 750800750 en dólares americanos, cargo Banco Itaú, a nombre del accionante. De la demanda planteada y de los documentos presentados córrase traslado a los demandados citándolos y emplazándolos para que contesten dentro del plazo de ley. Ordénase la publicación de edictos por el plazo de cinco días en los diarios ABC Color y Última Hora, a fin de que el detentador de los documentos denunciados en este proceso comparezcan por sí o por apoderado a tomar intervención en estos autos, dentro del perentorio plazo de dieciocho días contados desde la última publicación, debiendo librarse el correspondiente edicto. Ordénase el desglose y devolución de los documentos originales presentados, previa agregación, certificación y autenticación de sus fotocopias por la actuaria judicial. Al último punto del petitorio, téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Santa Rita, 27 de octubre de 2020. La publicación se hace bajo exclusiva responsabilidad, cuenta y riesgo del anunciante, quien remitió el edicto judicial en formato digital con el respectivo código de verificación QR. 1.097.315 MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS SOCIALES Por Escritura Nº 24 de fecha 12/02/2020, autorizada por la N.P. Susana Raquel Ramírez, se modificó el Estatuto de la firma REMBERTO CÁCERES TORRES S/ MENSURA JUDICIAL MATE Y TERERÉ SOCIEDAD ANÓNIMA . Las operaciones se iniciarán en el esquinero Suroeste. Ypané, 26 de octubre de 2020. Ingeniero David Néstor González Noguera, Matr. MOPC Nº 1401. en su artículo quinto por reducción de Capital, rescate de acciones y posterior aumento de Capital y emisión de acciones. Inscripta en Dirección General de Registros Públicos, Registro de Personas Jurídicas, Matrícula Jurídica Nº 30785, serie Comercial, bajo el Nº 1, folio 1, en fecha 13/07/2020, y en Registro Público de Comercio, Matrícula Comercial Nº 30817, serie Comercial, bajo el Nº 1, folio 1-8, en fecha 27 /07/2020. 1.096.565 Modificación de Estatutos MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS SOCIALES HIGH TECH ENGINEERING CONSULTING SA de . Por Escritura Pública Nº 36 de fecha 09/10/2019, pasada ante la Esc. Púb. Patricia Raquel Oddone Recalde, con Reg. Púb. Nº 994, se realizó la modificación del Estatuto Social de la firma: HTE CONSULTING SA, modificando el siguiente artículo: ART. 5 y quedando así: El Capital Social se fija en la suma de Guaraníes Un Mil Doscientos Cincuenta Millones (G. 1.250.000.000) y estará representado por Doscientos Cincuenta (250) acciones ordinarias nominativas, por un valor nominal de Guaraníes Cinco Millones (G. 5.000.000) cada una. Las acciones estarán agrupadas en cinco series individualizadas como A, B, C, D, E, de Guaraníes Doscientos Cincuenta Millones (G. 250.000.000) cada serie, e integrada por Treinta (30) Acciones Nominativas. Inscripta en la D.G.R.P., Sección Comercio, bajo el Nº 2, Serie Comercial, Folios Nº 10 y sgtes., en fecha 18/02/2020, Matrícula Comercial Nº 14.630, e inscripta en el Registro Público de Personas Jurídicas y Asociaciones, Matrícula Jurídica Nº 14.336, bajo el Nº 2, serie Comercial, folio 11 y sgtes., entrada Nº 18/02 /2020, en fecha 18/06/2020. 1.097.906 MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS Por Escr. Nº 94 de fecha 03/09/2019, pasada ante la Escr. Zunilda A. Narvaja, fue modificado el art. 6º, referente a las disposiciones (Ley Nº 5895/17 y Decreto N° 9043/18) del Estatuto de la firma Inscripta en Reg. Pers. Juríd. y Asoc. Matrícula Jurídica Nº 30865, Serie Comercial, bajo el Nº 1, folio 1, y en Reg. Público Comercio, Matrícula Comercial Nº 30760, bajo el Nº 1, folio 1, Serie Comercial, ambas el 27/08 /2020. NOBLESE S.A. 1.096.289 Remates REMATE JUDICIAL El día 17 de noviembre a las 15:30 hs., en la Secretaría Nº 16 del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del octavo turno, a cargo del actuario Alexis Nicolás Arturo Brambilla, sito en el tercer piso del Poder Judicial de la Capital, en las calles Mariano Roque Alonso y Testanova, y por orden de S.S. Dr. Walter Raúl Mendoza Orué, en el expediente Nº 44 del año 1999 caratulado: 1.097.911 Privación de Eficacia PRIVACIÓN DE EFICACIA JURÍDICA El juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del duodécimo turno, Secretaría Nº 23, Abog. Enrique Luis María Mongelós Aquino, en los autos caratulados RHP DEL ABOG. OSCAR LUIS TUMA, EN LOS AUTOS CARATULADOS ALLIED DISTILLERS LIMITED C/SUC. DE SALAH ABOU SALEH S.R.L. S /RESCISIÓN DE CONTRATO Y OTROS JOSÉ MARÍA AGÜERO LUGO S/ PRIVACIÓN DE EFICACIA JURÍDICA ha dictado la S.D. Nº 163, de fecha Asunción, 8 de mayo de 2019, que dice: vistos estos autos, de lo que resulta que en fecha 1 de noviembre de 2018, se presenta ante este Juzgado José María Agüero Lugo por sus propios derechos y bajo patrocinio del Abog. Milton Eduardo José Ibarra Silva, para promover acción sobre privación de eficacia jurídica, de las acciones nominativas, consignadas a mi nombre como accionista del Banco Itapúa S.A.E.C.A. e individualizadas a continuación: 1) Título Serie CCLXXIV, cantidad de acciones: 248, tipo de acciones: Fundadora, valor nominal: G. 12.400.000 (guaraníes doce millones cuatrocientos mil); 2) Título Serie CCCLXXXVII, cantidad de acciones: 87, tipo de acciones: Fundadora, valor nominal: G. 4.350.000 (guaraníes cuatro millones trescientos cincuenta mil); Título Serie DCCCLXXIX, cantidad de acciones: 139, tipo de acciones: Fundadora, valor nominal: G. 6.950.000 (seis millones novecientos cincuenta mil); 4) Título Serie DCLIII, cantidad de acciones: 84, tipo de acciones: Ordinaria, valor nominal: G. 4.200.000 (guaraníes cuatro millones doscientos mil); 5) Título Serie DCCXCIII, cantidad de acciones: 28, tipo de acciones: Fundadora, valor nominal G. 1.400.000 (guaraníes un millón cuatrocientos mil); 6) Título Serie DCCXCIX, cantidad de acciones: 5, tipo de acciones: Ordinaria, valor nominal: G. 250.000 (guaraníes doscientos cincuenta mil); 7) Título Serie CMLXXVIII, cantidad de acciones: 15, tipo de acciones: Fundadora, valor nominal: G. 750.000 (guaraníes setecientos cincuenta mil); 8) Título Serie DCCCIII, cantidad de acciones: 3, tipo de acciones: Ordinaria, valor nominal: G. 150.000 (guaraníes ciento cincuenta mil); 9) Título Serie DCCCLXXIX, cantidad de acciones: 79, tipo de acciones: Ordinaria, valor nominal: G. 3.950.000 (guaraníes tres millones novecientos cincuenta mil) y 10) Título Serie MCLXXVII, cantidad de acciones: 40, tipo de acciones: Ordinaria, valor nominal: G. 2.000.000 (guaraníes dos millones). Que totalizan la suma de G. 36.400.000 (guaraníes treinta y seis millones cuatrocientos mil). Que en fecha 6 de febrero de 2016 formulé denuncia ante la comisaría 5ª de la ciudad de Villarrica del hurto de mis acciones individualizadas más arriba y cuya privación de eficacia peticiono que por providencia de fecha 15 de noviembre de 2018 el Juzgado tuvo por iniciada la presente acción de privación de eficacia jurídica, de la cual ordenó la publicación de edictos por todo el plazo de ley. Notifíquese por cédula. Que en fecha 22 de marzo de 2019 y 26 de marzo de 2019 se presenta el Abog. Enrique Zacarías en representación del Banco Itapúa S.A.E.C.A. manifestando que: mandante se halla en proceso de fusión con la financiera Río S.A.E.C.A., habiéndose resuelto, entre otros puntos, en la Asamblea General Extraordinaria de accionistas del Banco Itapúa, llevada a cabo en la ciudad de Encarnación el 20 de febrero de 2019, que los accionistas del Banco Itapúa S.A.E.C.A. recibirán acciones del nuevo banco producto de la fusión, en forma proporcional a sus actuales tenencias y clase de acciones, y por el valor del capital integrado conforme al punto 1 aprobado recientemente, con la merma del 28% conforme acuerdo de fusión, lo cual significará en el equivalente al 0,49% del valor nominal original de sus acciones. Mi mandante reconoce al señor José María Agüero Lugo en calidad de accionista del Banco Itapúa S.A.E.C.A. Una vez concluidos los trámites de la privación de eficacia de las acciones nominativas deducido en autos, se procederá al canje de las acciones privadas de EL DIRECTORIO 1.092.074 , conforme proveído de fecha 18 de agosto de 2020, obrante en autos, procederé a la venta en pública subasta con todo lo en él edificado, clavado y plantado del bien inmueble, inscripto a nombre de sucesores de Salah Abou Saleh, con RUC 80009676-2, individualizado en el Registro Público como Finca Nº 22.511 URB K04 del distrito de Ciudad de Este, Cta. Cte. Ctral. Nº 26-4653-02 bajo el Nº 1, folio 1, y siguientes de fecha 31 de diciembre de 1997, fracción denominada Parque Mercosur del Paraguay, Km 9 ½, Monday, e individualizado como depósito Nº 20 de la manzana D, cuyas dimensiones y linderos son como sigue: al norte mide veinte metros y linda con área verde; por igual dimensión en su contrafrente al Sur, que linda con calle 3; su fondo en ambos costados mide cuarenta metros, linda al Este con lote 19, y al Oeste con lote 21, de la misma manzana. Superficie: ochocientos metros cuadrados (800 m2). Base de venta: será la avaluación fiscal del inmueble, la suma de guaraníes doce millones cuatrocientos treinta y tres mil seiscientos (G.12.433.600). Nota: el citado inmueble no reconoce gravamen alguno y como restricción de dominio posee los siguientes embargos: a favor de la parte actora RHP del abogado Oscar Luis Tuma, de fecha 12/12/2017; a petición de Allied Distillers Limited, de fecha 01/11/2019. Se abonarán en el acto y en efectivo el 10% de seña de trato, gastos de publicación, Acordadas Nº 516, 521/08, habilitación de Secretaría y comisión de rematador 2% más IVA sobre su adjudicación. Informes y datos en la Secretaría donde radica el expediente de lunes a viernes, de 7:00 a 12:00 hs., o con el rematador designado al celular 0981 621-952. El citado inmueble se encuentra aparentemente ocupado lo cual no consta en autos. Se solicita a los concurrentes que asistan conforme al protocolo de seguridad sanitaria Covid 19, dispuesto por el MSP y CSJ (tapabocas, etc.). VºBº Alexis Nicolás Arturo Brambilla, actuaria judicial. Rogelio Daniel Velázquez, rematador público, matrícula Nº 104 de la Excma. Corte Suprema de Justicia. MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS SOCIALES Por Escr. Nº 48, de fecha 16 /09/2019, pasada ante Escr. Públ. Micheller Cabrera de Mechetti, se modificaron los Estatutos de la firma PUBLIX CITY SOCIEDAD ANÓNIMA en su arts. 5º y 8º. Capital social: el Capital social es de G. 150.000.000 (guaraníes ciento cincuenta millones) representado por 150 (ciento cincuenta) acciones de un valor nominal de G. 1.000.0000 (guaraníes un millón) cada una. Las acciones son Nominativas. Inscripta en Reg. Públ. de Com., Matrícula Comercial 30450, serie Comercial, bajo el Nº 1, folio 1, y en Reg. de Pers. Juríd. y Asoc. Matrícula Jurídica Nº 30227, serie Comercial, bajo el Nº 1, folio 1, ambas en fecha 11 /05/2020. 1.092.080 MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS Por Escr. Pública Nº 6 del 20/03/2020, ante la N.P. Maricel E. Süllow Rojas, la firma NEGOCIOS Y SERVICIOS INTERNACIONALES SOCIEDAD ANÓNIMA (NEGSI S.A. 1.095.182 PRIVACIÓN DE EFICACIA JURÍDICA formalizó la complementaria y rectificativa de la Escritura Pública Nº 69 de fecha 29/12/2018, de cuyo testimonio se tomó razón en la DGRP, Sección Personas Jurídicas y Asoc., anotada en la Matrícula Jurídica Nº 21604, serie Comercial, bajo el Nº 2, folio 12, y en el Registro Público de Comercio, inscripta en la Matrícula Comercial Nº 940, serie Comercial, bajo el Nº 3, folio 1 al 9, en fecha 10/07 /2020. LA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL DÉCIMO QUINTO TURNO, SECRETARÍA 30, DE LA CAPITAL, en los autos caratulados: SATURNINA PEREIRA DE VOUGA Y OTROS S/ PRIVACIÓN DE EFICACIA JURÍDICA 1.096.443 REMATE JUDICIAL El día 17 de noviembre de 2020, a las 15:00 hs., en la Sría. Nº 27 del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del 14º Turno de la Capital, sito en el 1er. Piso del Palacio de Justicia, en las calles Alonso y Testanova (Sajonia) de esta capital; y por orden de S.S. Abg. Guillermo Ariel Riveros Florentín, en el Expte. Nº 121, del año 2017, caratulado: , ha dictado la S.D. Nº 338 de fecha 19 de octubre de 2020, que copiada textualmente en su parte resolutiva dice: HACER LUGAR a la presente demanda de Privación de Eficacia Jurídica promovida por SATURNINA PEREIRA DE VOUGA Y ASTRID SALOME VOUGA PEREIRA y, en consecuencia, privar de eficacia el Certificado de Depósito de Ahorro emitido por BANCO FAMILIAR SAECA, en fecha 5 de noviembre de 2018, correspondiente a la Operación de depósito con Título ND - 958 por valor de G. 103.404.110 (GUARANÍES CIENTO TRES MILLONES CUATROCIENTOS CUATRO MIL CIENTO DIEZ) con vencimiento el día 11 de noviembre de 2019, y pagadero al vencimiento. DISPONER la publicación de esta resolución por el plazo de cinco (5) días en el diario ABC COLOR de esta Capital. AUTORIZAR el pago transcurridos treinta días desde la publicación de la resolución, siempre que no se haya formalizado oposición por el detentador. ANOTAR, registrar, notificar por cédula en soporte papel y remitir copia a la Excma. Corte Suprema de Justicia. Firmado: Abg. Tania Irún, jueza. Abg. José Argüello Rojas, actuario judicial. Asunción, 29 de octubre de 2020. 1.094.356 MODIFICACIÓN DE ESTATUTO Por Escr. Nº 24 del 25/11/2019, pasada ante la Esc. María Y. Villate de Benítez se formalizó la transferencia de cuotas de María Raquel Garcete viuda de Campos, Fátima Raquel Campos Garcete, Jazmín Fátima Campos Garcete e Iván Roque Garcete a favor de María Laura Villalba de González modificándose la cláusula quinta del Contrato Social de Se inscribió en la Sección Personas Jurídicas y Asociaciones, Matrícula Jurídica Nº 17.473, serie Comercial, bajo el Nº 2, folio 12-20, el 08/05/2020 y en Sección Comercio, Matrícula Comercial Nº 17.728, serie Comercial, bajo el Nº 2, folio 12 y sgtes., el 08/05 /2020. 1.096.132 AUTOMOTORES Y MAQUINARIA SAECA C/ FERPASA SA S/ COBRO DE GUARANÍES ORDINARIO SUBASTA JUDICIAL El día 12 de noviembre de 2020, a las 15:00 hs. en el local del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del 10º turno, Secretaría Nº 19 a cargo de la actuaria judicial abogada Rebeca Espínola Rezano, sito en Alonso y Testanova (tercer piso, torre sur del Palacio de Justicia) de esta capital, y por orden de ese Juzgado por donde se tramita el expediente Nº 98 del año 2018 caratulado , conforme al proveído de fecha 27/10/2020, obrante en autos, procederé a la venta en pública subasta del bien inmueble embargado en autos con todo lo en él edificado, clavado y plantado e individualizado en los Registros Públicos como: MATRÍCULA Nº F04/823, CON PADRÓN Nº 748 DEL DISTRITO DE CECILIO BÁEZ, DEPARTAMENTO DE CAAGUAZÚ, anotado bajo el Nº 01, folio 01 y sgtes en fecha 24 de JUNIO de 2015, a nombre de la firma demandada FERPASA SA, con RUC Nº 80075019-5, situado en el lugar denominado ''VENANCIO CUE'', designado como LOTE Nº 3 DE LA MANZANA C, cuyas dimensiones y linderos son los sgtes.: su frente al ESTE, sobre una calle, mide doscientos metros y cinco centímetros, por igual dimensión en su contrafrente al OESTE, donde linda con el lote Nº 16; AL NORTE mide seiscientos veinte y nueve metros con cuarenta y un centímetros, lindando con el lote Nº 2; y al SUD mide seiscientos treinta y tres metros con ochenta y nueve centímetros y linda con el lote Nº 4. SUPERFICIE: DOCE HECTÁREAS CON SEIS MIL TRESCIENTOS TREINTA METROS CUADRADOS (12 ha. 6.330 m2). AVALUACIÓN FISCAL Y BASE DE VENTA: G. 9.073.703 (GUARANÍES NUEVE MILLONES SETENTA Y TRES MIL SETECIENTOS TRES). Nota: La mencionada Finca no reconoce gravamen alguno y como restricción de dominio reconoce reconoce seis (6) embargos: 1.-) EMBARGO Ejecutivo: A petición de GRUPO INTERNACIONAL DE FINANZAS SAECA, por un monto de US$ 87.000 + US$ 8.700, de fecha 19/05/2016; 2.-) EMBARGO Ejecutivo: A petición de MATRISOJA SA, por un monto de US$ 128.649,80 + US$ 12.865, de fecha 27 /05/2016; 3.-) EMBARGO Ejecutivo: A petición de AGROLAND SA, por un C.V. INGENIERÍA S.R.L. COOPERATIVA 8 DE MARZO LIMITADA C/ AGAPITO SOSA TROCHE Y OTROS S/ EJECUCIÓN HIPOTECARIA 1.096.131 REMATE JUDICIAL El día 16 de noviembre de 2020, a las 15:00 hs., en la Sría. Nº 09 del Juzgado de 1ª Instancia en lo Civil y Comercial del 5º Turno de la capital, sito en el 3er. Piso, del Palacio de Justicia, en las calles Alonso y Testanova (Sajonia), y por orden de S.S. Abg. Julia Rosa Alonso Martínez, en el Expte. Nº 409/72, Folio Nº 91, del año 2018, caratulado: 1.096.074 MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS SOCIALES , y de conformidad a la providencia de fecha 19 de agosto de 2020 referente a la orden de venta, publicación de edictos y designación del martillero, así como el sorteo realizado por la Mesa de Entradas de Garantías Constitucionales, procederé a la venta en pública subasta de dos inmuebles con todo lo en ellos edificado, clavado y plantado, individualizados como: 1) Finca Nº 1.520 del distrito de Areguá, identificada como lote 11 con Cuenta Corriente Catastral Nº 27-054-05 y lote Nº 12, con Cuenta Corriente Catastral Nº 27-054-06; 2) Finca Nº 1.525 del distrito de Areguá identificada como lote Nº 10 con Cuenta Corriente Catastral Nº 27-054-10, ambas fincas inscriptas a nombre de la firma San Agustín S.R.L. demandada en autos. Las mismas cuentan con las dimensiones y linderos siguientes, según título: Lote Nº 11: su frente al Norte sobre la Avda. del Lago mide quince metros, por igual dimensión en su contrafrente al Sur, donde linda con el lote Nº 8; su fondo en ambos costados mide cuarenta metros, lindando al Este con el lote 11, a deslindarse, y al Oeste con el lote 10. Superficie: 600 m2. Avaluación fiscal: G. 46.208.765 (cuarenta y seis millones doscientos ocho mil setecientos sesenta y cinco guaraníes). Lote Nº 12: su frente al Norte sobre la avenida del Lago mide quince Por Escr. Nº 183 de fecha 21 /09/2020, autorizada ante la Escr. Zunilda a Narvaja, se procedió a la modificación de Estatutos de la firma por aumento de Capital, de G. 200.000.000 a G. 350.000.000. Se modificó la cláusula 5ª del Estatuto Social. Inscripta en Registro de Personas Jurídicas y Asociaciones, Matrícula Jurídica Nº 15319, serie Comercial, bajo el Nº 2, folio 13 y sgtes., y en Registro Público de Comercio, Matrícula Nº 15551, serie Comercial, bajo el Nº 2, folio 13 y sgtes., ambas el 15/10/2020. GRUPO R&M S.R.L. 1.096.142 PRIVACIÓN DE EFICACIA JURÍDICA BANCO CONTINENTAL SA EMIS. DE CAP. ABIERTO C/ VALDIR SOTI NOGUEIRA Y OTROS S/ ACCIÓN PREP. DE JUICIO EJECUTIVO Téngase por presentado al señor Walter Raúl Ruiz Maciel, por sus propios derechos, con el patrocinio del abogado Néstor Cañete, Matrícula Nº 10.172. Téngase por denunciado el domicilio real en calle 14 de Mayo de esta ciudad y por constituido el domicilio procesal en la calle Adela Speratti y Mariscal Estigarribia, oficina del Abg. Ever Ferreira de esta ciudad. El ocurrente deberá presentar croquis del domicilio real denunciado. Téngase por iniciado el presente proceso sumario que por privación de eficacia promueve el accionante Walter Raúl Ruiz Maciel, con C.I. Nº 2.432.161 en contra del Banco Itaú en el expediente caratulado , conforme proveído de fecha 17/07 /2019, obrante en autos, procederé a la venta en pública subasta en forma conjunta de los bien inmuebles embargados e hipotecados en autos con todo lo en ellos edificado, clavado, plantado y adherido e individualizados en los Registros Públicos como sigue: 1-) MATRÍCULA K15/101 DEL DISTRITO DE SAN ALBERTO, departamento de Alto Paraná (100%), inscripta en fecha 09/08/01, a nombre del demandado VALDIR SOTI NOGUEIRA, Padrón Nº 422, situada en el lugar denominado Colonia San Ramón, designada como lote Nº 1 ''B'' de la Manzana B, cuyas dimensiones y linderos son los sgtes: Lado 1-2: con rumbo N. 10º 54' 59'' E.mide 617,00 m., y linda con calle. Lado 2-3: con rumbo N. 79º 05' 01'' W. mide 325,00 m., y linda con lote Nº 5; Lado 3-4: con rumbo S. 11º 38' 16'' W- mide 617,00 m., linda con lote Nº 2; Lado 1.096.752 MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS Por Escritura Nº 54, de fecha 6 de diciembre de 2019, pasada ante la escribana Liza Paola Legal Balmaceda, se procedió a la modificación de Estatutos de la firma GASTRONOMÍA SABORES DE MI TIERRA S.A. por cambio de acciones al portador a Nominativas. Inscripta en Registro de Personas Jurídicas y Asociaciones, bajo el Nº 1, folio 1, serie C, y en Registro Público de Comercio bajo el Nº 1, folio 1, el 26/12/2019. WALTER RAÚL RUIZ MACIEL S/PRIVACIÓN DE EFICACIA JURÍDICA , año 2020, Nº 195, secretaría Nº 1, y el detentador de los cheques: Nº 9648133, 9648134, 9648135, 9648136, 9648137, 9648138, 9648139, 9648140, 9648141, 9648142, 9648143, 9648144, 9648145, 9648146, 9648147, 9648148, 9648149 y 1.097.313 MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS Por Escritura Nº 33 de fecha 3 de diciembre de 2019, pasada ante la escribana María Elena Caballero Recalde, se modificaron los Estatutos de la firma INNOVATECH COMERCIO 1 097 315 1 095 182 1 096 289 1 096 132 1 096 443 1 096 136