41 CLASIFICADOS Tel. (021) 4 15 15 15 / avisos@abc.com.py Domingo 1 de noviembre de 2020 CIRCULAR DE MENSURA JUDICIAL DISTRISOL SA PRIVACIÓN DE EFICACIA JURÍDICA los Registros Públicos como: Finca Matrícula Nº 33.096/H01 del distrito de Encarnación, con Cta. Cte. N° 231608-05, a nombre de la demandada, individualizado como lote 14, de la manzana K, cuyas dimensiones y linderos son: su frente al Suroeste mide catorce coma cuarenta y siete metros (14,47 m.) y linda con calle pública existente; su contrafrente al Noreste mide catorce metros (14 m.) y linda con el lote trece (13); su costado al Noroeste mide veintinueve metros con treinta y cuatro centímetros (29,34 m.) y linda con lote quince (15); su contracostado al Sureste mide treinta y tres metros (33 m.) y linda con calle cinco. Superficie: cuatrocientos treinta y seis metros cuadrados con tres mil ochocientos centímetros cuadrados (436 m2, 3800 cm2). Base de venta, la avaluación fiscal: G. 29.721.840 (guaraníes veinte y nueve millones setecientos veinte y uno mil ochocientos cuarenta). Nota: la mencionada finca no reconoce gravamen, y como restricción de dominio reconoce los siguientes embargos: a petición de la parte actora, de fecha 11/11/2019; y a pedido de Zulma Cristina González Samaniego de fecha 06/06/2020. Se abonarán en el acto y en efectivo los gastos de publicaciones, Acordadas Nº 516, 521/08, seña del 10% de su compra, la comisión del rematador 2% más IVA y gastos de secretaría sobre su adjudicación. Informes y datos sobre el título de propiedad, en la Secretaría donde radica el expediente de lunes a viernes, de 07:15 a 12:45 hs., o con el rematador designado al celular 0981 203-816. El citado inmueble se encuentra en el lugar denominado Cuyubi cua, de Encarnación, y aparentemente se encuentra ocupado lo cual no consta en autos. Abog. Aurora Lorena Berlt, actuaria. Raúl Sosa Navarro, rematador público, matrícula 26-I, de la Excma. CSJ. , con domicilio en Av. Artigas Nº 988 c /Cusmanich de la ciudad de Asunción; , con domicilio en Av. Artigas Nº 988 c/ Cusmanich de la ciudad de Asunción, y , con domicilio en Av. Artigas Nº 988 c/ Cusmanich de la ciudad de Asunción, también en calidad de absorbidas, y que posteriormente será celebrado el acuerdo definitivo de la fusión que será aprobado por las asambleas de accionistas de todas las sociedades. Los accionistas que quieran ejercer su derecho de receso y/o los acreedores disconformes podrán notificar su oposición al escribano designado Luis Alberto Sosa Fracchia, Reg. Nº 18, con domicilio en José Rodó Nº 451 de la ciudad de Asunción, o a la sociedad absorbida dentro del plazo de veinte (20) días transcurridos desde la primera publicación de este aviso. El Balance Especial de Fusión al 22 de octubre del 2020, aprobado para el Compromiso Previo de Fusión, se encuentra exhibido a disposición de los interesados en el domicilio de la sociedad. Matrícula Jurídica Nº 30859 en fecha 12/05/2020, reingreso en fecha 20/08 /2020, y en Registro Público de Comercio, Matrícula Nº 30911, serie Comercial bajo el Nº 1 (uno), folio 1 (uno) y sgtes., Sección Contratos, en fecha 12/05/2020, reingreso el 20/08 /2020. que: mandante se halla en proceso de fusión con la financiera Río S.A.E.C.A., habiéndose resuelto, entre otros puntos, en la Asamblea General Extraordinaria de accionistas del Banco Itapúa, llevada a cabo en la ciudad de Encarnación el 20 de febrero de 2019, que los accionistas del Banco Itapúa S.A.E.C.A. recibirán acciones del nuevo banco producto de la fusión, en forma proporcional a sus actuales tenencias y clase de acciones, y por el valor del capital integrado conforme al punto 1 aprobado recientemente, con la merma del 28% conforme acuerdo de fusión, lo cual significará en el equivalente al 0,49% del valor nominal original de sus acciones. Mi mandante reconoce al señor José María Agüero Lugo en calidad de accionista del Banco Itapúa S.A.E.C.A. Una vez concluidos los trámites de la privación de eficacia de las acciones nominativas deducido en autos, se procederá al canje de las acciones privadas de eficacia, de acuerdo a lo resuelto en la Asamblea General Extraordinaria de accionistas del Banco Itapúa; recibirán acciones del nuevo banco (Banco Río S.A.E.C.A.). Que por proveído del 10 de abril de 2019 se tuvo por presentadas las manifestaciones y ampliación hecha por el Abog. Enrique Zacarías en representación del Banco Itapúa S.A.E.C.A. Que en fecha 11 de abril se presenta el actor a solicitar se dicte sentencia definitiva en autos. Que en consecuencia el juzgado llamó autos para resolver, el cual a la fecha se encuentra firme y ejecutoriada, y considerando que la presente acción tiene por objeto la privación de eficacia jurídica de las acciones detalladas up supra, que ha sido objeto de hurto. Que se encuentra adjuntada en autos el Acta de Denuncia Nº 77/16 realizada ante la comisaría 5ª de Villarrica. Acreditándose lo alegado por el actor sobre el hecho punible de hurto de los documentos de acciones del Banco Itapúa S.A.E.C.A. Que obra en autos el certificado del Banco Itapúa S.A.E.C.A., donde certifica que el actor es accionista del banco y posee a la fecha descripta en el certificado emitido la cantidad de 841 acciones nominativas que totalizan la suma de G. 42.050.000 (guaraníes cuarenta y dos millones cincuenta mil), certificado de fecha 26 de setiembre de 2018. Que el Código Civil, en su art. 1545, dispone que en caso de extravío, sustracción o destrucción del título, el titular o el endosatario del mismo puede hacer la denuncia al emisor y pedir la privación de su eficacia respecto a todos, como está dispuesto al tratarse de títulos a la orden. En caso de extravío, sustracción o destrucción de acciones nominativas, se aplicarán en lo pertinente las normas que rigen para los títulos a la orden. El recurrente puede ejercer los derechos inherentes a las acciones, salvo, en su caso, la prestación de una caución. La privación de eficacia del título produce la extinción del título, pero no perjudica a los derechos del detentador respecto de quien ha obtenido el nuevo título. Que en estas condiciones, habiéndose justificado plenamente los extremos alegados en la demanda, corresponde hacer lugar a lo solicitado, disponiendo la publicación de la resolución del documento hurtado. Por tanto, en mérito a lo expuesto y de conformidad a las disposiciones legales citadas y concordantes del Codigo Civil, el Juzgado resuelve: I) Hacer lugar a la presente demanda de privación de eficacia jurídica promovida por José María Agüero Lugo y en consecuencia privar de eficacia las acciones descriptas en la presente resolución, emitido por el Banco Itapúa S.A.E.C.A. II) Ordenar al Banco Río S.A.E.C.A. el canje y la confección de acciones de igual clase que correspondían al señor José María Agüero Lugo. III) Disponer la publicación de esta resolución por el plazo de cinco (5) días en el diario ABC Color de esta capital. IV) Anotar, registrar y remitir copia a la Excma. Corte Suprema de Justicia. Fdo., Enrique Luis María Mongelós Aquino, juez. Ante mí, Carmen Franco Riveros, actuaria judicial. Comunico a quienes puedan tener interés, especialmente a las partes linderas, que el día 9 de noviembre del año 2020, a las 14:00 horas, daré inicio a las operaciones técnicas de mensura judicial de una fracción presumiblemente fiscal, ocupada y solicitada al Indert por el señor Víctor Vicente Valenzuela Gaete, ubicada en el lugar denominado Ciervo Cua, distrito de Atyrá, Dpto. de Cordillera. La comisión de mensura judicial ha sido conferida por S.S. juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del segundo turno, Abg. Carlos César González y al suscripto. El expediente se tramita por Secretaría Nº 3, a cargo de la actuaria Abg. Adriana Fernández. Las operaciones técnicas arrancarán del esquinero noreste. Caacupé, 31 de octubre del 2020. Lic. Justo Silva Penayo, Pat. MOPC Nº 112. Tel. 0982 455-673. El juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del décimo tercer turno, Abog. Edgar Agustín Rivas, por S.D. Nº 460 de fecha 26 de octubre de 2020, dictada en el juicio PINTUSOL SA LUMINOTECNIA SA EDUARDO DANIEL RODRÍGUEZ DÍAZ S /PRIVACIÓN DE EFICACIA JURÍDICA , que en su parte resolutiva dice: Hacer lugar a la presente demanda de privación de eficacia jurídica promovida por Eduardo Daniel Rodríguez Díaz y, en consecuencia, privar de eficacia jurídica los cheques de pago diferido del Nº 17102305 al 17102325, de la cuenta Nº 09-790618 a nombre del librador señor Eduardo Daniel Rodríguez Díaz, con cargo Banco Familiar S.A.E.C.A. Disponer la publicación de esta resolución por el plazo de cinco (5) días en el diario ABC Color de esta capital. Anotar, registrar y remitir copia a la Excma. Corte Suprema de Justicia. Abog. Ninfa Patiño, actuaria judicial. 1.096.716 MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS SOCIALES Por escritura pública Nº 38 de fecha 12/08/2019, autorizada por la N.P. Blanca Elena Adle Sanabria, fueron modificados los Estatutos Sociales de la firma LOYOLA EMPRENDIMIENTOS SOCIEDAD ANÓNIMA en su artículo quinto, por cambio de tipos de acciones, de acciones al portador a acciones Nominativas. Inscripta en Dirección General de Registros Públicos, Registro de Personas Jurídicas y Asociaciones, Matrícula Jurídica Nº 30.692, serie Comercial, bajo el Nº 1, folio 1, y en Registro Público de Comercio, Matrícula Comercial Nº 30.987, serie Comercial, bajo el Nº 1, folio 1, ambas en fecha 5 de marzo de 2020. 1.092.751 Modificación de Estatutos 1.096.115 PRIVACIÓN DE EFICACIA JURÍDICA Téngase por presentado al señor Walter Raúl Ruiz Maciel, por sus propios derechos, con el patrocinio del abogado Néstor Cañete, Matrícula Nº 10.172. Téngase por denunciado el domicilio real en calle 14 de Mayo de esta ciudad y por constituido el domicilio procesal en la calle Adela Speratti y Mariscal Estigarribia, oficina del Abg. Ever Ferreira de esta ciudad. El ocurrente deberá presentar croquis del domicilio real denunciado. Téngase por iniciado el presente proceso sumario que por privación de eficacia promueve el accionante Walter Raúl Ruiz Maciel, con CI Nº 2.432.161 en contra del Banco Itaú en el expediente caratulado 8.931.915 MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS SOCIALES MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS Por Escr. Públ. Nº 36 del 02/07/2020, ante la N. P. Karen Notario, se formalizó la modificación de Estatutos por aumento de Capital de la firma Inscripta en Reg. Pers. Juríd. y Asoc., Matrícula Jurídica Nº 24868, serie Comercial, bajo el Nº 2, folio 10, el 10/07/2020; y en Reg. Públ. de Com., Matrícula Jurídica Nº 25053, serie Comercial, bajo Nº 2, folio 1-8, el 10/07/2020. 1.092.160 Por Esc. Públ. Nº 57 de fecha 24 de AGOSTO de 2019, pasada ante el Esc. Dario Antonio Vera Antola, fueron modificados los Estatutos Sociales por modificación del art. 6 referente al tipo de acciones de la firma CANALTEX SA . Inscripción: Personas Jurídicas y Asociaciones, Matrícula Jurídica Nº 31242, bajo el Nº 1, folio 1 , serie Comercial, en fecha 30/06/2020, y Registro Público de Comercio, Matrícula Comercial Nº 31089, bajo el Nº 1, serie Comercial, folio 1, en fecha 30/06/2020 FUSIÓN POR ABSORCIÓN De conformidad al art. 1193 del Código Civil y los arts. 113 y concordantes de la Ley 1034/83, , con domicilio en Av. Artigas Nº 988 c/ Cusmanich de la ciudad de Asunción, comunica a sus accionistas y al público en general que por Acta Nº 11 del veintitrés de octubre de 2020 la sociedad ha resuelto aprobar un compromiso previo de fusión por absorción con la empresa en calidad de absorbente, con domicilio en Av. Artigas Nº 988 de la ciudad de Asunción, y , en calidad de absorbida, incluidas las sociedades E-TECNIA SA SOLUGEN S.R.L. PIRO?Y SA 1.095.363 MODIFICACIÓN DE ESTATUTO Por Escritura Pública Nº 104 a los 27 días del mes de febrero de 2020, autorizada por la notaria y escribana pública María Teresa Ramos Román, Reg. Nº 959, fueron modificados los Estatutos de la firma por aumento de Capital: G. 500.000.000. Todas las demás cláusulas siguen vigentes. Inscripta de Personas Jur. y Asoc., Matrícula Jurídica Nº 10423309, serie Comercial, bajo el Nº 1, fecha 01/07 /2020, y en Registro Público de Comercio, Matrícula Comercial Nº 10423309, serie Comercial, bajo Nº 1, folio 1, fecha 01/07/2020. WALTER RAÚL RUIZ MACIEL S/PRIVACIÓN DE EFICACIA JURÍDICA E-TECNIA SA 1.089.118 MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS Por Escritura Pública Nº 172, de fecha 18 /08/2020, pasada ante la Esc. Pública MARTA BOGADO DE FANEGO, se procedió a la Modificación de los Estatutos Sociales de la Firma , dando cumplimiento a la Asamblea General Extraordinaria de la Firma, quedando modificados los sgtes. Arts. 5º y 6º. Inscripto en DIRECCIÓN GENERAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS, SECC. PERSONAS JURÍDICAS Y ASOCIACIONES, MATRÍCULA JURÍDICA Nº 7468, SERIE COMERCIAL, BAJO Nº 2 Y AL FOLIO 14, Y EN LA SECCIÓN COMERCIO, MATRÍCULA COMERCIAL Nº 7655, SERIE COMERCIAL, INSCRIPTO BAJO EL Nº 2 Y AL FOLIO 14, AMBAS EL 31 DE AGOSTO DE 2020. , año 2020, Nº 195, secretaría Nº 1, y el detentador de los cheques: Nº 9648133, 9648134, 9648135, 9648136, 9648137, 9648138, 9648139, 9648140, 9648141, 9648142, 9648143, 9648144, 9648145, 9648146, 9648147, 9648148, 9648149 y 9648150 correspondientes a la cuenta corriente Nº 700821424 en Guaraníes, cargo Banco Itaú, a nombre del accionante, y los cheques Nº 9162772, 9162773, 9162774 y 9162775, de la cuenta corriente Nº 750800750 en Dólares americanos, cargo Banco Itaú, a nombre del accionante. De la demanda planteada y de los documentos presentados córrase traslado a los demandados citándolos y emplazándolos para que contesten dentro del plazo de ley. Ordénase la publicación de edictos por el plazo de cinco días en los diarios ABC Color y Última Hora, a fin de que el detentador de los documentos denunciados en este proceso comparezcan por sí o por apoderado a tomar intervención en estos autos, dentro del perentorio plazo de dieciocho días contados desde la última publicación, debiendo librarse el correspondiente edicto. Ordénase el desglose y devolución de los documentos originales presentados, previa agregación, certificación y autenticación de sus fotocopias por la actuaria judicial. Al último punto del petitorio, téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Santa Rita, 27 de octubre de 2020. La publicación se hace bajo exclusiva responsabilidad, cuenta y riesgo del anunciante, quien remitió el edicto judicial en formato digital con el respectivo código de verificación QR. CONDUCTORES ELÉCTRICOS SA , con domicilio en Av. Artigas Nº 988 c/ Cusmanich de la ciudad de Asunción; , con domicilio en Av. Artigas Nº 988 c/ Cusmanich de la ciudad de Asunción; , con domicilio en Av. Artigas Nº 988 c/Cusmanich de la ciudad de Asunción; , con domicilio en Av. Artigas Nº 988 c /Cusmanich de la ciudad de Asunción; , con domicilio en Av. Artigas Nº 988 c/ Cusmanich de la ciudad de Asunción; , con domicilio en Av. Artigas Nº 988 c /Cusmanich de la ciudad de Asunción, y , con domicilio en Av. Artigas Nº 988 c/ Cusmanich de la ciudad de Asunción, también en calidad de absorbidas, y que posteriormente será celebrado el acuerdo definitivo de la fusión que será aprobado por las asambleas de accionistas de todas las sociedades. Los accionistas que quieran ejercer su derecho de receso y/o los acreedores disconformes podrán notificar su oposición al escribano designado Luis Alberto Sosa Fracchia, Reg. Nº 18, con domicilio en José Rodó Nº 451 de la ciudad de Asunción, o a la sociedad absorbida dentro del plazo de veinte (20) días transcurridos desde la primera publicación de este aviso. El Balance Especial de Fusión al 22 de octubre del 2020, aprobado para el Compromiso Previo de Fusión, se encuentra exhibido a disposición de los interesados en el domicilio de la sociedad. ENPARTS S.R.L. ARTI SA 1.091.558 SAIONAIMER SUBASTA JUDICIAL El día 13 de noviembre del año 2020, siendo las 15:00 hs., en el local de la Secretaría Nº 1 del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno, a cargo del actuario abogado Juan Ángel Espínola Román, ubicado en la planta baja del Palacio de Justicia situado en las calles Mariano Roque Alonso entre Pedro Blasio Testanova y De la Conquista (Sajonia), y por orden de S.S. abogada Lizza Natalia Reyes Almirón, en el expediente Nº 550 folio y siguientes del año 2017, caratulado: PARAGUAY SA NET SA VCP PARAGUAY SA DISTRISOL SA 1.094.067 PINTUSOL SA MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS Por Escr. Pública Nº 22 del 16/08/2019, formalizada ante la N.P. Maricel E. Süllow Rojas, la firma LUMINOTECNIA SA ROYAL INVESTMENTS SOCIEDAD ANÓNIMA procedió a la transcripción de Actas de Asambleas General Extraordinaria de accionistas Nº 11 y Nº 12, de modificación del Contrato Social, de cuyo testimonio se tomó razón en la D.G.R.P., Sección Personas Jurídicas y Asoc., anotada en la Matrícula Jurídica Nº 13.034, serie Comercial, bajo el Nº 1, folio 1, y en el Registro Público de Comercio, inscripto en la Matrícula Comercial Nº 13.309, serie Comercial, bajo el Nº 2, folio 14, en fecha 10/07/2020. BANCO ATLAS SA C/ JUAN CARLOS FLORENTÍN S/ ACCIÓN PREPARATORIA DE JUICIO EJECUTIVO 1.095.397 Privación de Eficacia , de conformidad a la providencia de fecha 11 de septiembre del año 2020, referente a la orden de venta en pública subasta del inmueble embargado en autos e individualizado como finca matrícula Nº S02/6930 del distrito de Villa San Isidro de Curuguaty, con Cta. Cte. Ctral. Nº 31-0050-06, inscripta a nombre del demandado JUAN CARLOS FLORENTÍN, tomando como base de venta la Avaluación Fiscal del mismo, visto la designación del rematador y la publicación de los edictos en el diario ABC COLOR de esta Capital, procederé a la venta en Pública Subasta, con todo en él edificado, clavado, plantado y adherido, el inmueble individualizado como Finca Matrícula Nº S02/6930 con Cta. Cte. Ctral. Nº 31-0050-06 ubicado en el distrito de Villa San Isidro de Curuguaty, asignado como solar Nº 5 de la manzana Nº 72, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes: LÍNEA 1-2: Mide cuarenta metros (40,00 m) y linda con el solar Nº 04. LINEA2-3: Mide diecinueve metros con cincuenta centímetros (19,50 m.) y linda con la calle Tacuary. LÍNEA: 3-4 Mide cuarenta metros (40,00 m) y linda con el Solar Nº 06. LÍNEA 4-1: Mide diecinueve metros con cincuenta centímetros (19,50 m) y linda con los solares Nº 02 y 16. SUPERFICIE (779 m2 9313 cm2) Setecientos setenta y nueve metros cuadrados nueve mil trescientos trece centímetros cuadrados. La base de venta será la Avaluación Fiscal del año 2020 de G. 4.662.840 (Cuatro millones seiscientos sesenta y dos mil ochocientos cuarenta). La propiedad se halla aparentemente ocupada, lo cual no consta en autos. Según la Dirección General de Registros Públicos, el inmueble a subastarse reconoce como medida cautelar 3 Embargos a favor del BANCO ATLAS, cuyos montos son los siguientes: 1-) G. 58.610.424. 2-) G. 53.656.272. 3-) G. 8.395.204. Más informes con mayores datos y copias de título en la Secretaría donde radica PRIVACIÓN DE EFICACIA JURÍDICA El juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del duodécimo turno, Secretaría Nº 23, Abog. Enrique Luis María Mongelós Aquino, en los autos caratulados 1.094.349 JOSÉ MARÍA AGÜERO LUGO S/ PRIVACIÓN DE EFICACIA JURÍDICA MODIFICACIÓN DE ESTATUTO SOCIAL Por Escr. Nº 36 del 10/12/19 ante la N.P. Digna Ruiz Díaz se modificó el Estatuto Social de por adecuación de acciones a Nominativas en la DGRP, Pers. Juríd. y Asoc., Matr. Juríd. 28935, serie Com. bajo el Nº 1, folio 1, Secc. Com., Matr. Com 28993, serie Com. bajo el Nº 1, ambas en fecha 21/02/2020. ha dictado la S.D. Nº 163, de fecha Asunción, 8 de mayo de 2019, que dice: vistos estos autos, de lo que resulta que en fecha 1 de noviembre de 2018, se presenta ante este Juzgado José María Agüero Lugo por sus propios derechos y bajo patrocinio del Abog. Milton Eduardo José Ibarra Silva, para promover acción sobre privación de eficacia jurídica, de las acciones nominativas, consignadas a mi nombre como accionista del Banco Itapúa S.A.E.C.A. e individualizadas a continuación: 1) Título Serie CCLXXIV, cantidad de acciones: 248, tipo de acciones: Fundadora, valor nominal: G. 12.400.000 (guaraníes doce millones cuatrocientos mil); 2) Título Serie CCCLXXXVII, cantidad de acciones: 87, tipo de acciones: Fundadora, valor nominal: G. 4.350.000 (guaraníes cuatro millones trescientos cincuenta mil); Título Serie DCCCLXXIX, cantidad de acciones: 139, tipo de acciones: Fundadora, valor nominal: G. 6.950.000 (seis millones novecientos cincuenta mil); 4) Título Serie DCLIII, cantidad de acciones: 84, tipo de acciones: Ordinaria, valor nominal: G. 4.200.000 (guaraníes cuatro millones doscientos mil); 5) Título Serie DCCXCIII, cantidad de acciones: 28, tipo de acciones: Fundadora, valor nominal G. 1.400.000 (guaraníes un millón cuatrocientos mil); 6) Título Serie DCCXCIX, cantidad de acciones: 5, tipo de acciones: Ordinaria, valor nominal: G. 250.000 (guaraníes doscientos cincuenta mil); 7) Título Serie CMLXXVIII, cantidad de acciones: 15, tipo de acciones: Fundadora, valor nominal: G. 750.000 (guaraníes setecientos cincuenta mil); 8) Título Serie DCCCIII, cantidad de acciones: 3, tipo de acciones: Ordinaria, valor nominal: G. 150.000 (guaraníes ciento cincuenta mil); 9) Título Serie DCCCLXXIX, cantidad de acciones: 79, tipo de acciones: Ordinaria, valor nominal: G. 3.950.000 (guaraníes tres millones novecientos cincuenta mil) y 10) Título Serie MCLXXVII, cantidad de acciones: 40, tipo de acciones: Ordinaria, valor nominal: G. 2.000.000 (guaraníes dos millones). Que totalizan la suma de G. 36.400.000 (guaraníes treinta y seis millones cuatrocientos mil). Que en fecha 6 de febrero de 2016 formulé denuncia ante la comisaría 5ª de la ciudad de Villarrica del hurto de mis acciones individualizadas más arriba y cuya privación de eficacia peticiono que por providencia de fecha 15 de noviembre de 2018 el Juzgado tuvo por iniciada la presente acción de privación de eficacia jurídica, de la cual ordenó la publicación de edictos por todo el plazo de ley. Notifíquese por cédula. Que en fecha 22 de marzo de 2019 y 26 de marzo de 2019 se presenta el Abog. Enrique Zacarías en representación del Banco Itapúa S.A.E.C.A. manifestando CHAMISO S.A. 1.092.161 Mensuras 1.095.694 MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS SOCIALES 1.096.719 PRIVACIÓN DE EFICACIA JURÍDICA REGULARIZACIÓN DE PUBLICACIÓN A FIN DE DAR CUMPLIMIENTO A LO ESTIPULADO EN LA LEY 5895/2017, DECRETO 9043 /2018. Por Escr. Nº 88 de fecha 29/10 /2019, autorizada ante la Esc. Beatrice Luraschi Bernardes, se modificó el Estatuto Social de la firma , en su artículo 5º, por cambio de acciones al portador a acciones Ordinarias y Nominativas, en cumplimiento del Decreto Nº 9043/18. Inscripta en Reg. Pers. Jurídicas y Asociaciones, Matrícula Jurídica Nº 25454, serie Comercial, bajo el Nº 1, folio 1-8, y en Registro Público de Comercio, Matrícula Comercial Nº 25638, serie Comercial, bajo el Nº 1, folio 1-8, ambas en fecha 26/11/2019. MENSURA Comunico a linderos que el viernes 13/11/2020, a las 13:30 hs., iniciaré la mensura de un lote presuntamente fiscal solicitado por la , Exp. 1471/2015; RP 1414/2020, Paraje Compañía Capellanía, Dto. de Caraguatay, Cordillera, siendo linderos: Norte: Cipriano Romero y Mauro Ayala. Sur: Graciela Jiménez y Pedro Bazán. Este: calle. Oeste: Cipriano Romero. La Comisión fue conferida al suscripto por la jueza de Paz de Caraguatay, Abg. Liz N. Lobo. R. D., Sec. Abg. Fanny Contreras, Exp. Nº 94/2020, fl. 03, en los autos caratulados: ''Indert S/ Mensura''. Se constituirá el Juzgado desde el vértice noreste. Lic. Roberto Aquino O., Reg. MOPC Nº 275. LA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL DÉCIMO QUINTO TURNO, SECRETARÍA 30, DE LA CAPITAL, en los autos caratulados: SRA. NEMESIA AYALA JIMÉNEZ SATURNINA PEREIRA DE VOUGA Y OTROS S/ PRIVACIÓN DE EFICACIA JURÍDICA GANADERA E2 S.A. , ha dictado la S.D. Nº 338 de fecha 19 de octubre de 2020, que copiada textualmente en su parte resolutiva dice: HACER LUGAR a la presente demanda de Privación de Eficacia Jurídica promovida por SATURNINA PEREIRA DE VOUGA Y ASTRID SALOME VOUGA PEREIRA y, en consecuencia, privar de eficacia el Certificado de Depósito de Ahorro emitido por BANCO FAMILIAR SAECA, en fecha 5 de noviembre de 2018, correspondiente a la Operación de depósito con Título ND - 958 por valor de G. 103.404.110 (GUARANÍES CIENTO TRES MILLONES CUATROCIENTOS CUATRO MIL CIENTO DIEZ) con vencimiento el día 11 de noviembre de 2019, y pagadero al vencimiento. DISPONER la publicación de esta resolución por el plazo de cinco (5) días en el diario ABC COLOR de esta Capital. AUTORIZAR el pago transcurridos treinta días desde la publicación de la resolución, siempre que no se haya formalizado oposición por el detentador. ANOTAR, registrar, notificar por cédula en soporte papel y remitir copia a la Excma. Corte Suprema de Justicia. Firmado: Abg. Tania Irún, jueza. Abg. José Argüello Rojas, actuario judicial. Asunción, 29 de octubre de 2020. 1.095.182 1.096.282 1.079.351 MODIFICACIÓN DE ESTATUTO Por Escr. Públ. Nº 361 de fecha 16/03 /2020, autorizada por el notario Luis E. Peroni G. e inscripta en la Dirección General de Registros Públicos, en fecha 09/06/2020, Registro de Personas Jurídicas y Asociaciones, Matrícula Nº 14.724, bajo el Nº 2, folio 17, serie Comercial, y en Registro Público de Comercio, Matricula Nº 14.983, bajo el Nº 2, folio 16, serie Comercial, fue designado Gerente General de la firma el Sr. José Dos Santos Camocardi en reemplazo del Sr. Marco Colmán. PRIVACIÓN DE EFICACIA JURÍDICA CIRCULAR DE MENSURA JUDICIAL El juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del décimo cuarto turno, Abg. Mtr. Guillermo Riveros Florentín, ha resuelto por S.D. Nº 414 de fecha 28 de setiembre de 2020, en los autos caratulados La jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Segundo Turno de la ciudad de Capiatá cita y emplaza a los que tengan interés en la Mensura a realizarse el día 16 de noviembre del 2020 a las 13:00 horas, en el inmueble individualizado con Mat. Nº 8575 del distrito de Itauguá. La mensura será practicada por el Perito Agrimensor Fabián Chávez, con Matrícula 452, en los autos caratulados RICARDO JORGE MALUFF DUMOT S/PRIVACIÓN DE EFICACIA JURÍDICA: 1) Hacer lugar a la demanda promovida por Ricardo Jorge Maluff y, en consecuencia, privar de eficacia jurídica los siguientes documentos: 1) Pagaré a la orden de Convive S.A., con fecha de emisión 16 de setiembre de 2019, fecha de vencimiento 16 de marzo de 2020, valor US$ 10.000, firmado por Ricardo Jorge Maluff Dumot; 2) Pagaré a la orden de Convive S.A., con fecha de emisión 16 de setiembre de 2019, fecha de vencimiento 16 de setiembre de 2020, valor US$ 10.000, firmado por Ricardo Jorge Maluff Dumot; 3) Pagaré a la Orden de Convive S.A., con fecha de emisión 16 de setiembre de 2019, fecha de vencimiento 16 de diciembre de 2020, valor US$ 20.000, firmado por Ricardo Jorge Maluff Dumot. 2) Disponer la publicación de esta resolución por el plazo de cinco días en el diario ABC Color de esta capital. 3) Imponer las costas en el orden causado. 4) Notificar por cédula en soporte papel. 5) Anotar, registrar y remitir copia a la Excma. Corte Suprema de Justicia. Asunción, 27 de octubre de 2020. Secretaría Nº 27 a cargo del Abg. Luis Fernando Bogado. La publicación se hace bajo exclusiva responsabilidad, cuenta y riesgo del anunciante, quien remitió el edicto judicial en formato digital con el respectivo código de verificación QR. 1.096.127 THORTECH PARAGUAY S.R.L. EUSEBIO TEÓFILO ALLENDE TOLEDO S/ MENSURA JUDICIAL . El mencionado expediente obra en la Secretaría Nº 3 a cargo de la actuaria judicial Abg. Analía Balbuena. Capiatá, 27 de octubre de 2020. 1.096.453 MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS SOCIALES Por Escr. Pública Nº 3 del 07 /01/2020, Comercial B, pasada ante el N.P. Alcides Asunción Benítez Peña, Reg. Nº 103, se procedió a la transcripción de Acta de modificación de Estatutos Sociales de 1.092.748 CIRCULAR DE MENSURA JUDICIAL Comunico a quienes puedan tener interés, especialmente a las partes linderas, que el día 11 de noviembre del año 2020, a las 14:00 horas, daré inicio a las operaciones técnicas de mensura judicial de una fracción presumiblemente fiscal, ocupada y solicitada al Indert por la señora Juana Máxima Rodríguez Caballero, ubicada en el lugar denominado Caungua, distrito de Atyrá, Dpto. de Cordillera. La comisión de mensura judicial ha sido conferida por SS juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del segundo turno, Abg. Carlos César González y al suscripto. El expediente se tramita por Secretaría Nº 3, a cargo de la actuaria Abg. Adriana Fernández. Las operaciones técnicas arrancarán del esquinero noreste. Caacupé, 31 de octubre del 2020. Lic. Justo Silva Penayo, Pat. MOPC Nº 112. Tel. 0982 455-673. 1.096.142 SELF STORAGE Remates PARAGUAY S.A. Inscripta en DGRP, Registro Públ. de Comercio, Matr. Comercial Nº 14476, serie Comercial, bajo Nº 2, folio 11, y en Pers. Juríd. y Asoc., Matr. Jurídica Nº 74223, serie Comercial, bajo Nº 2, folio 11, ambas en fecha 27/08/2020. REMATE JUDICIAL Por Raúl Sosa Navarro. El día 13 de noviembre de 2020, a las 15:00 hs., en la Sría. Nº 12 del Juzgado de 1ª Instancia en lo Civil y Comercial del 6º turno de la Tercera Circunscripción Judicial de Itapúa, a cargo de la actuaria, sito en el 3º piso del Palacio de Justicia, barrio La Paz, Encarnación, y por orden de S.S. Abog. Yeny Elizabeth Chaparro Arévalos, en el Expte. Nº 203, año 2019, caratulado: 1.096.705 MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS Por Escritura Pública Nº 1 (uno) de fecha diez de setiembre del año dos mil diecinueve, ente la escribana pública Norma Susana Gómez de Fretes, Registro Nº 234, fueron modificados los Estatutos Sociales por cambio de acciones del portador a Nominativas de la firma , RUC 80017891-2. inscripta en Dirección General de Registros Públicos, Registro de Personas Jurídicas y Asociaciones, bajo el Nº 1 (uno), folio 1 (uno), GILBERTO RODRÍGUEZ ACUÑA C/MARIMAR ULLÓN CHÁVEZ S/ COBRO DE ALQUILERES EXPLON S.A. , conforme al proveído de fecha 4 de agosto de 2020, procederé a la venta en pública subasta del bien inmueble embargado en autos individualizado en 1 092 749 1 096 716 1 095 182 1 095 685 1 091 558